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Abogado en Mendoza 15.10.2021

¿QUIÉN TIENE LA CULPA O RESPONSABILIDAD EN UN ACCIDENTE DE TRÁNSITO? Tras tener un accidente de tránsito, lo primero que se debe tener en claro es quien ha sido el responsable o culpable del hecho. Esto afectará a la indemnización que efectúe el seguro del tercero involucrado. En concreto, si tenemos cobertura contra todo riesgo, nuestra compañía de seguros siempre responderá y nos indemnizará aunque seamos los culpables del accidente. En caso contrario, debemos reclamar ante... la compañía del tercero, que únicamente responderá si su asegurado ha tenido la culpa en el accidente de tránsito, aunque sea parcialmente. A continuación veremos diferentes tipos de accidentes de tránsito, maniobras o situaciones con la explicación correspondiente de qué conductor es culpable en cada caso. Culpa en accidentes en intersecciones según la prioridad de paso Según el artículo 41 de la Ley de Tránsito de Argentina, todo conductor debe ceder siempre el paso en las encrucijadas (cruce de calles) al que cruza desde su derecha. A tener presente que la prioridad por la derecha es absoluta (en caso de un accidente de tránsito será 100% la culpa del conductor que no respete esta regla de prioridades). Asimismo, la prioridad del que viene por la derecha sólo se pierde ante: La señalización específica en contrario Vehículos ferroviarios Vehículos del servicio público de urgencia, en cumplimiento de su misión. Tener presente que deben estar en cumplimiento de sus funciones. Por ejemplo, si una ambulancia circula sin la sirena encendida, no tendrá prioridad de paso aunque venga por la mano izquierda. Vehículos que circulan por una semiautopista. Antes de ingresar o cruzarla se debe siempre detener la marcha. SIEMPRE ANTE UN ACCIDENTE VIAL CONSULTE INMEDIATAMENTE A UN ABOGADO. PARA MAYOR INFORMACIÓN, NO DUDE EN CONSULTARNOS!!! See more

Abogado en Mendoza 02.10.2021

ACCIDENTES DE TRABAJO Nuestro objetivo es lograr que el trabajador RECIBA una reparación integral de los daños y perjuicios sufridos, según el tipo de accidente que haya tenido CONSULTANOS!

Abogado en Mendoza 29.09.2021

Si tenés que iniciar un proceso sucesorio o querés conocer de que se trata, tenemos información interesante para vos. . ¿Cuándo se inicia la sucesión? . Nuestro Código Civil y Comercial establece que la apertura de la sucesión se produce a partir de la muerte o presunción de fallecimiento , transmitiéndose así la totalidad del patrimonio a los herederos.... . ¿Cómo se inicia la sucesión? . La sucesión se inicia en la Justicia. El escrito de inicio debe estar redactado y firmado por un abogado. . ¿Qué comprende la herencia? . La herencia contiene todos los bienes, derechos y obligaciones del fallecido. Es decir, se heredan bienes, créditos y deudas. . ¿Cuánto tiempo tarda el juicio sucesorio? . La duración de la sucesión depende la jurisdicción donde se inicia, la cantidad de herederos, los bienes dejados, si hay acreedores, desacuerdos entre los herederos, etc. En condiciones normales, puede tener una extensión de entre 6 y 12 meses. . ¿Dónde debo iniciar la sucesión? . La jurisdicción la marca el último domicilio del causante. Es decir, el domicilio que figura en el Certificado de Defunción. See more

Abogado en Mendoza 19.09.2021

#DIVORCIOS Con el Código Civil y Comercial se eliminaron las causales y plazos de divorcio Existen dos tipos: Art. 437 CCyCN Divorcio Bilateral (de manera conjunta) Divorcio Unilateral En ambos casos se debe presentar un CONVENIO REGULADOR Art. 438 CCyCN (Significa que contemple los efectos de la disolución del vínculo), por ejemplo que contemple:... - Atribución de la vivienda conyugal - Distribución de los bienes gananciales - Compensación económica (si se considera) - En caso de haber hijos: Se acordara el ejercicio de la responsabilidad Parental (lo que antes se llamaba Patria potestad), prestación alimentaría cuidado personal del/los menores. Este convenio regulador es fundamental para la admisión de la demanda de divorcio, el cual puede ser consensuado entre ambos cónyuges u ofrecido por uno de ellos. En caso de desacuerdo en el convenio, NO SUSPENDE EL DICTADO DE LA SENTENCIA DE DIVORCIO. Competencia: El juez del último domicilio conyugal o del demandado (a elección del actor) o de cualquiera de los cónyuges si es de manera bilateral. (Art.717 CCyCN TEL. 2634 265333 See more

Abogado en Mendoza 31.08.2021

Si tenés que iniciar un proceso sucesorio o querés conocer de que se trata, tenemos información interesante para vos. . ¿Cuándo se inicia la sucesión? . Nuestro Código Civil y Comercial establece que la apertura de la sucesión se produce a partir de la muerte o presunción de fallecimiento , transmitiéndose así la totalidad del patrimonio a los herederos.... . ¿Cómo se inicia la sucesión? . La sucesión se inicia en la Justicia. El escrito de inicio debe estar redactado y firmado por un abogado. . ¿Qué comprende la herencia? . La herencia contiene todos los bienes, derechos y obligaciones del fallecido. Es decir, se heredan bienes, créditos y deudas. . ¿Cuánto tiempo tarda el juicio sucesorio? . La duración de la sucesión depende la jurisdicción donde se inicia, la cantidad de herederos, los bienes dejados, si hay acreedores, desacuerdos entre los herederos, etc. En condiciones normales, puede tener una extensión de entre 6 y 12 meses. . ¿Dónde debo iniciar la sucesión? . La jurisdicción la marca el último domicilio del causante. Es decir, el domicilio que figura en el Certificado de Defunción. See more

Abogado en Mendoza 21.08.2021

¿Te querés divorciar? Si es así, te contamos toda la información necesaria para iniciar el tramite. . Tenés que presentarte con tu abogado/a y solicitar el divorcio . ¿Qué necesito saber?... . Podes divorciarte en cualquier momento No tenés que dar ninguna explicación al juez sobre las causales del divorcio Si el otro cónyuge no quiere iniciar el tramite, podes hacer igual . ¿Qué debo presentar? . Al iniciar el proceso, vas a tener que presentar obligatoriamente una PROPUESTA REGULADORA. . ¿Puedo presentar una propuesta distinta a la de mi cónyuge? . La respuesta es si, pueden presentar una propuesta de común acuerdo o propuestas separadas. . La propuesta debe abarcar las siguientes cuestiones : La vivienda. La distribución de bienes. Los alimentos para los hijos. El cuidado personal de los hijos. El regimen de comunicación. Las posibles compensaciones económicas. . Las propuestas presentadas por los cónyuges serán evaluadas por el juez, quien luego los convocará a una audiencia. See more

Abogado en Mendoza 02.08.2021

#DIVORCIOS Con el Código Civil y Comercial se eliminaron las causales y plazos de divorcio Existen dos tipos: Art. 437 CCyCN Divorcio Bilateral (de manera conjunta) Divorcio Unilateral En ambos casos se debe presentar un CONVENIO REGULADOR Art. 438 CCyCN (Significa que contemple los efectos de la disolución del vínculo), por ejemplo que contemple:... - Atribución de la vivienda conyugal - Distribución de los bienes gananciales - Compensación económica (si se considera) - En caso de haber hijos: Se acordara el ejercicio de la responsabilidad Parental (lo que antes se llamaba Patria potestad), prestación alimentaría cuidado personal del/los menores. Este convenio regulador es fundamental para la admisión de la demanda de divorcio, el cual puede ser consensuado entre ambos cónyuges u ofrecido por uno de ellos. En caso de desacuerdo en el convenio, NO SUSPENDE EL DICTADO DE LA SENTENCIA DE DIVORCIO. Competencia: El juez del último domicilio conyugal o del demandado (a elección del actor) o de cualquiera de los cónyuges si es de manera bilateral. (Art.717 CCyCN TEL. 2634 265333

Abogado en Mendoza 22.07.2021

Qué es la SUCESIÓN? . . Es un tema muy extenso pero vamos a dividirlo por partes. Hoy vamos a contarles 7 aspectos básicos...... Arranquemos .... 1- La sucesión debe iniciarse al producirse el fallecimiento de una persona. 2- Es un proceso no contencioso (no hay actor ni demandado) y lo pueden iniciar tanto herederos legítimos como acreedores del fallecido 3- El objetivo de la sucesión es dividir los bienes del fallecido entre quienes tengan derecho a recibirlos y pagar las deudas que el fallecido haya dejado 4- Los herederos legítimos son los que determina la ley (código civil y comercial) y son quiénes van a heredar Si o si! 5- El fallecido puede hacer un testamento en vida y dejar sus bienes a alguien que no sea heredero pero siempre y cuando respete el porcentaje que les toca a los herederos legítimos (porción legítima). 6- Esa porción legítima es intocable!! La ley determina cuáles son las porciones legítimas dependiendo de que herederos tenga el fallecido (esposo, hijos, padres) 7- El nuevo código civil (2015) eliminó la posibilidad de Desheredar...por lo tanto, los herederos van a recibir su parte SIEMPRE, sin importar si tuvieron buena o mala relación con el causante en vida. . . #superdato La sucesión debe iniciarse OBLIGATORIAMENTE...sino los bienes del fallecido no pueden tocarse....pero TRANQUI! No hay plazo máximo para iniciarla...podemos iniciarla en cualquier momento después del fallecimiento.... See more

Abogado en Mendoza 04.07.2021

ASUNTOS PENALES: Vista de causa penal - Eximición de prisión Excarcelaciones urgentes Excarcelaciones Ordinaria/Extraordinaria - Morigeracion Visitas a detenidos en comisarias o en unidades penitenciarias Abreviados - Defensas - Particular Damnificado/Querellante Entrevistas personalizadas Confidencialidad Intervenimos en cualquier estado y grado del proceso penal Urgencias penales las 24 hs

Abogado en Mendoza 23.06.2021

El Decreto de necesidad y urgencia (DNU dictado por el presidente) número 34/19 establece que.... En caso de despido sin justa causa durante la vigencia del presente decreto, la trabajadora o el trabajador afectado tendrá derecho a percibir el doble de la indemnización correspondiente de conformidad a la legislación vigente. Esa duplicación comprende todos los rubros indemnizatorios originados con motivo de la extinción incausada del contrato de trabajo". . .... Esto rige desde su publicación, en fecha 13/12/2019. . . Entonces, pasémoslo en limpio..... . . Todos los despidos SIN CAUSA justificada que se hayan hecho desde el 13/12/2019 en adelante generarán en el trabajador el derecho de cobrar TODAS LAS INDEMNIZACIONES que contempla la Ley pero multiplicadas x 2!!!!! . . #superdato Pero ojo!!!! Esto NO aplica a las relaciones laborales que se hayan iniciado DESPUÉS del 13/12/2019 . . Esta medida es transitoria por 180 días.....es decir que termina en Junio 2020....pero quizás se prorrogue...... See more

Abogado en Mendoza 04.06.2021

Qué es la SUCESIÓN? . . Es un tema muy extenso pero vamos a dividirlo por partes. Hoy vamos a contarles 7 aspectos básicos...... Arranquemos .... 1- La sucesión debe iniciarse al producirse el fallecimiento de una persona. 2- Es un proceso no contencioso (no hay actor ni demandado) y lo pueden iniciar tanto herederos legítimos como acreedores del fallecido 3- El objetivo de la sucesión es dividir los bienes del fallecido entre quienes tengan derecho a recibirlos y pagar las deudas que el fallecido haya dejado 4- Los herederos legítimos son los que determina la ley (código civil y comercial) y son quiénes van a heredar Si o si! 5- El fallecido puede hacer un testamento en vida y dejar sus bienes a alguien que no sea heredero pero siempre y cuando respete el porcentaje que les toca a los herederos legítimos (porción legítima). 6- Esa porción legítima es intocable!! La ley determina cuáles son las porciones legítimas dependiendo de que herederos tenga el fallecido (esposo, hijos, padres) 7- El nuevo código civil (2015) eliminó la posibilidad de Desheredar...por lo tanto, los herederos van a recibir su parte SIEMPRE, sin importar si tuvieron buena o mala relación con el causante en vida. . . #superdato La sucesión debe iniciarse OBLIGATORIAMENTE...sino los bienes del fallecido no pueden tocarse....pero TRANQUI! No hay plazo máximo para iniciarla...podemos iniciarla en cualquier momento después del fallecimiento....

Abogado en Mendoza 22.05.2021

Si sufriste un accidente laboral estando en tu trabajo o yendo camino a él, no dudes en comunicarte con nosotros. Los primeros pasos a seguir son fundamentales. Consultanos!! 2634-265333

Abogado en Mendoza 10.05.2021

ASUNTOS PENALES: Vista de causa penal - Eximición de prisión Excarcelaciones urgentes Excarcelaciones Ordinaria/Extraordinaria - Morigeracion Visitas a detenidos en comisarias o en unidades penitenciarias Abreviados - Defensas - Particular Damnificado/Querellante Entrevistas personalizadas Confidencialidad Intervenimos en cualquier estado y grado del proceso penal Urgencias penales las 24 hs

Información

Localidad: San Martín, Mendoza

Teléfono: +54 263 426-5333

Ubicación: Albuera 63 Echesortu y Casas, Pasaje 5, Sector A, Oficina 11 5570 San Martín, Mendoza, Argentina

Web: https://www.buscamendoza.com.ar/info_empresa.php?d_comercial=Legales-Mendoza&from=index

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