Estudio Jurídico Louzao
San Martín (Buenos Aires)
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Es imperiosa la necesidad que nos urge cómo sociedad y estado, de decretar o declarar servicios de carácter público tanto a la telefonía, como al internet. Los antecedentes nos temprano a distintas naciones que ya lo han hecho y avanzado jurídicamente en este ámbito. Francia en el año 2009, estados Unidos mexicano en el 2013. Considerando un pilar segun la misma comisión y organización de los derechos humanos lo considera, que tiende a ser primordial y fundamental para el des...arrollo de la vida de cada ser humano y ciudadano. El acceso a internet en nuestra actualidad, debe ser equitativo e igualitario, para que en verdad, podamos estar hablando de un derecho. Que, en dicho marco, por el Decreto N 311/20 se estableció por el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días que las empresas prestadoras de los servicios de telefonía fija o móvil e Internet y TV por cable, por vínculo radioeléctrico o satelital, no podrían disponer la suspensión o el corte de los respectivos servicios a los usuarios y las usuarias y aquellas quedaban obligadas, en caso de falta de pago, a mantener un servicio reducido conforme se estableciera en la reglamentación. Que, atento a la prolongación de la pandemia corresponde, en el marco de la emergencia sanitaria ampliada por el Decreto N 260/20, suspender cualquier aumento de precios o modificación de los mismos, establecidos o anunciados desde el 31 de julio y hasta el 31 de diciembre de 2020 por los licenciatarios y las licenciatarias de TIC, incluyendo a los y las titulares de los servicios de radiodifusión por suscripción mediante vinculo físico o radioeléctrico y los correspondientes a los servicios de telefonía fija o móvil, en cualquiera de sus modalidades, así como a los servicios de televisión satelital por suscripción. El presente decreto 690/2020 Prolonga el plazo para el corte de los servicios por facturas impagas realizados por las empresas de servicios hasta el 31 de diciembre del 2020 Incluir como servicios de carácter público a los servicios de telefonía móvil considerados de acceso público para todos los ciudadanos manteniendo la igualdad de condiciones y acceso al servicio Suspendase todo aumento o modificación en los precios de los servicios desde el 31 de julio hasta el 31 de diciembre del 2020 Plantea y nos introduce dentro de la necesidad de legislar y considerar como derecho humano en cumplimiento con el artículo 42 de la Constitución nacional, al internet por considerarlo un pilar fundamental de la vida humana en nuestra era Conocé tus derechos y hacelos valer
DATO IMPORTANTE que es menester resaltar, y que había quedado pendiente en varias oportunidades desde la creación del sitio jurídico para clientes e interesados. Frente a las dudas o la austera y carente información de los medios respecto al sistema del proceso penal y el poder ejecutivo quisiera aclarar que: El derecho procesal penal es aquel proceso que se encarga de juzgar una conducta penal punible, reprobada por el ordenamiento jurídico. Nuestro sistema mixto, tiene com...Continue reading
Disposición 84/2020: de la dirección de créditos prendarios y registros de automotores establece: Que corresponde disponer la reapertura de los registros seccionales de la propiedad del automotor en todas sus competencias, en las jurisdicciones a partir del 22 de Abril, con excepción de las provincias de TUCUMÁN y SANTIAGO DEL ESTERO. Situación del acreedor prendario:...Continue reading
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