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AdmDA Consorcios 15.10.2021

Una expensa extraordinaria es un gasto no corriente. Estas cuotas deben ser aprobadas por el consejo de propietarios, definiendo entre otros temas, para qué estará destinado ese dinero. Una de las opciones es generar un fondo de reserva, este es, un tipo de ahorro conformado por los aportes que realizan los copropietarios. Dicho ahorro, será utilizado en situaciones exigidas por la Asamblea o para la realización de obras de reparación o mejoramiento de partes comunes o para... un fin determinado decidido en Asamblea. Existen dos consideraciones a tener en cuenta, a la hora de diferenciar el fondo de reserva de la cuota extraordinaria: 1. Si el fondo de reserva se encuentra establecido en el reglamento y existe; el administrador ante un evento no previsto, y si no cuenta en su caja chica con el dinero para solventar el gasto, puede utilizar el dinero del fondo, luego informar, llamar a una asamblea y que los propietarios decidan si van a reintegrar el faltante del mismo. 2. Si el fondo de reserva tenía un destino específico como por ejemplo obra de gas, no puede ser utilizado para otro fin, salvo decisión de la Asamblea. See more

AdmDA Consorcios 04.10.2021

La expresión expensas comunes significa gastos de todos, es decir, gastos necesarios para el mantenimiento del edificio, arreglos, etc. Vale aclarar que las expensas extraordinarias son también expensas comunes (en el sentido que son gastos todos). El mantenimiento y reparación de las partes comunes o bienes del consorcio, y aun la sustitución o reemplazo de los existentes, constituyen gastos definidos como expensas comunes ordinarias. Las expensas comunes extraordinarias, en... cambio, comprenden aquellos gastos decididos por los copropietarios en asamblea para al embellecimiento o mejor funcionalidad de los bienes comunes. Aclaradas las diferencias y para el caso de unidades con inquilinos, será un tema exclusivo del propietario con el locatario, la forma en la que hayan decidido cómo y quién paga esos gastos ordinarios y extraordinarios. See more

AdmDA Consorcios 27.09.2021

El Registro Público de Administradores de Consorcios inscribe y otorga la correspondiente matrícula a las personas que administran consorcios de propiedad horizontal dentro de la Ciudad de Buenos Aires.

AdmDA Consorcios 17.09.2021

Estudiamos la solución mas eficiente y económica para la reducción de gastos. Trabajamos en forma conjunta con el Consejo de Administración. Realizamos asesoramiento sin cargo.

AdmDA Consorcios 10.09.2021

El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires suspendio la entrega en papel de la liquidacion de expensas de los consorcios de propiedad horizontal portenos por la crisis Covid 19, y ordeno que sean enviadas por mail. La disposicion exceptua a aquellos casos en que exista una solicitud expresa y fundada del consorcista o una imposibilidad de poder recibir las expensas con esa modalidad. El consorsista que no tenga mail debera solicitar la impresion y envio de las expensas en papel al administrador antes de la fecha del cierre del periodo liquidado. .

AdmDA Consorcios 15.08.2021

No hay ninguna norma que prohíba que se cobren punitorios. De todas formas, consideramos se deberían evaluar cada caso particular. Al consorcista que ha sufrido inconvenientes económicos en estos meses de cuarentena no correspondería cobrarle punitorios, se debería lograr un acuerdo y planificar un plan de pagos, que no perjudique a ninguna de las partes. .

AdmDA Consorcios 28.07.2021

Podemos ver como practica usual, en las planillas de expensas, denominar las columnas de gastos con letras A, B, C. Los reglamentos hacen distincion sobre que tipo de gasto va corresponder a cada consorcista, de acuerdo a como se conforman las unidades funcionales, unidades complementarias, locales, cocheras, etc. La composicion de cada columna de gastos de una liquidacion es diferente para cada consorcio. No hay definicion unica de gasto A, B o C. Por lo que podriamos decir que no existe el "gasto A", y se deberia aclarar en la misma liquidacion de que tipo gasto se trata.

AdmDA Consorcios 17.07.2021

Sabias que se pueden realizar reuniones de consorcio para tratar temas urgentes o impostergables de manera virtual? La reunión deberá ser grabada. Posteriormente a la reunión, o superada la cuarentena, se procederá a volcar en el libro de actas lo decidido en la asamblea virtual.(una vez incorporados los votos de los ausentes).

Información

Teléfono: +54 11 4403-3371

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