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RHA Administración de Consorcios & Propiedades 31.08.2021

Casos de Covid-19 barrio por barrio

RHA Administración de Consorcios & Propiedades 19.08.2021

TODAS LAS EXCEPCIONES AL AISLAMIENTO SOCIAL PREVENTIVO Y OBLIGATORIO: El Presidente de la Nación, Alberto Fernández, decretó el aislamiento social, preventivo y obligatorio desde las 0 horas del viernes 20 de marzo hasta el martes 31 de marzo de 2020, inclusive. Nadie podrá salir de sus hogares, salvo las excepciones que se establecen en el Decreto de Necesidad y Urgencia y que se transcriben a continuación. Excepciones al aislamiento obligatorio: 1. Personal de salud, fuerza...Continue reading

RHA Administración de Consorcios & Propiedades 01.07.2021

[CAPHyAI] Novedades Impositivas y Previsionales a tener en cuenta durante ENERO de 2020.

RHA Administración de Consorcios & Propiedades 18.06.2021

Le damos la bienvenida a Concepción Arenal 2323. Gracias por confiar en nosotros!!!!

RHA Administración de Consorcios & Propiedades 15.06.2021

LA JUSTICIA AVALA LA APLICACIÓN DE TASA DEL 36% ANUAL PARA CASOS DE EXPENSAS ADEUDADAS a Cámara Nacional en lo Civil resolvió que una tasa de interés del 36%... anual es razonable en los casos de cobro judicial de expensas adeudadas, confirmaron hoy fuentes vinculadas a la causa. La Sala J de la Cámara ratificó un fallo de primera instancia al concluir que en este tipo de casos la tasa de interés debe ser suficientemente resarcitoria y remarcó la significativa importancia del pago puntual de las expensas para que evitar perjuicios al consorcio. Así lo resolvió el tribunal ante la demanda promovida por el Consorcio de Propietarios de Coronel Díaz 2.351, de esta capital, contra los herederos de J.A.. La parte demandante había considerado exigua la tasa del 36% anual, mientras que la accionada, al apelar la sentencia de primera instancia, la califico como elevada. Para la Sala J de la Cámara, ese tasa no configuraría un abuso o un enriquecimiento desmesurado del acreedor y tiene, en éste tipo de casos no sólo una finalidad compensatoria sino, además, sancionatoria, que se justifica en el necesario estímulo para el pago puntual y exacto de las expensas. Las camaristas Gabriela Scolarici, Patricia Barbieri y Beatriz Verón agregaron que el atraso de uno o varios de ellos (los consorcistas) lesiona los intereses de la comunidad, lo que acarrea serias dificultades para afrontar las erogaciones del conjunto. Concluimos en que el sistema de intereses determinados en la sentencia bajo recurso no arroja un resultado que excede la razonable expectativa de conservación patrimonial del Consorcio de Copropietarios. Fuente: Grupo La Provincia

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Teléfono: +54 11 5600-0084

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