Asesoramiento Jurídico
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LA CORTE SOLICITÓ DICTAR NUEVO PRONUNCIAMIENTO PORQUE LA TRABAJADORA RETUVO TAREAS LUEGO DE LA LICENCIA POR MATERNIDAD El fallo de Cámara resulta arbitrario p...ues, mediante la ponderación parcial del material probatorio y apartándose de lo que prescriben las normas y principios protectorios del régimen, estimó correcta la interpretación de la demandada referido a que la actora había optado por rescindir el contrato y, consecuentemente, consideró ajustado a derecho que pusiera a su disposición la compensación que prescribe el inc. b, art. 183, LCT, dando por extinguido el contrato de trabajo en esos términos. No puede considerarse en el caso, como lo hizo el tribunal a quo, de que vencido el plazo que prescribe el art. 186, LCT, sin que la actora hubiese expresado si se acogía o no al estado de excedencia, correspondía interpretar que había optado por la rescisión del contrato, pues luego de la licencia por maternidad la trabajadora gozó de sus vacaciones y, concluidas éstas, retuvo tareas con sustento en incumplimientos de la demandada, lo que evidencia claramente su voluntad de continuar trabajando en la empresa, es decir, mantener la vigencia del contrato. Corresponde hacer lugar al recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la actora, debiendo bajar los autos a la Sala de la Cámara de Apelaciones del Trabajo que corresponda para el dictado de un nuevo pronunciamiento con arreglo al presente. Fallo: "Casimiro, Mónica Silvina vs. Jamo S.A. y otros s. Recurso de inconstitucionalidad. CJ, Salta; 06/05/2021; Rubinzal Online; RC J 4329/21". #RubinzalCulzoni #Fallo #DerechoLaboral #Excedencia #OpciónTácita #Ley20744 #ReclamosLaborales #RetenciónDeTareas ¿Querés estar siempre informado? Conocé Doctrina Digital, el producto premium de Rubinzal. Enterate en https://goo.gl/WG5HNw
TRABAJADORA VÍCTIMA DE HOSTIGAMIENTO LABORAL SERÁ INDEMNIZADA POR DESPIDO Y DAÑO MORAL Considerando la dificultad probatoria que conlleva para una persona que... trabaja acreditar las circunstancias que dan cuenta de la violencia laboral padecida en su ámbito de trabajo, se puede afirmar que en el sub lite, la actora ha logrado acreditar mediante prueba testimonial (compañeros de trabajo) que fue víctima de violencia u hostigamiento laboral por parte de quien fuera su superiora directa, consistente tanto en malos tratos como en la sobrecarga de tareas que debía afrontar recibiendo a todas las personas en el hall de entrada del local comercial (librería), en un trabajo que con anterioridad era realizado por cuatro empleados. Siendo ello así, y que una de las causales del despido fue el acoso y la persecución laboral sufridos, la decisión rupturista resultó ajustada a derecho. Se revoca la sentencia apelada y en consecuencia, resultan procedentes las indemnizaciones previstas en los arts. 232, 233 y 245, LCT, como así también el resarcimiento adicional reclamado con fundamento en el daño moral sufrido en virtud del acoso. Fallo: "V. V. E. vs. Grupo Ilhsa S.A. s. Despido. CNTrab. Sala VI; 13/07/2021; Rubinzal Online; RC J 4256/21". #RubinzalCulzoni #Fallo #DerechoLaboral #AcosoMoral #SupuestosDeInjuria #MaltratoProferidoPorPersonalJerárquico #SobrecargaDeTrabajo #DañoMoral #Procedencia #DespidoIndirecto ¿Querés estar siempre informado? Conocé Doctrina Digital, el producto premium de Rubinzal. Enterate en https://goo.gl/WG5HNw
El proyecto de Ley presentado por las diputadas Estévez y Uceda propone la modificación de la Ley de Contrato de Trabajo, en pos del cuidado de la persona traba...jadora, los hijos y la vida familiar en general. Te compartimos las principales consultas sobre el tema resueltas por el Dr Nahuel Espinillo.
Los trabajadores Deberán permanecer al menos un año en la obra social de la actividad antes de poder optar por un cambio.
Los bancos deberán corroborar la identidad de los usuarios a la hora de otorgar créditos digitales.
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