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Asistencia Integral al Emprendedor 21.10.2021

Ingresos Brutos Es el impuesto que corresponde a las actividades autónomas, actos u operaciones que consiste en la aplicación de un porcentaje sobre la facturación de un negocio independientemente de su ganancia. Está regulado por las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a través de sus respectivos códigos fiscales.... Consultanos por Whatsapp 11-3770-3112

Asistencia Integral al Emprendedor 02.10.2021

Censo Económico- INDEC Resulta obligatorio tanto para personas jurídicas como humanas, instituciones sin fines de lucro y las actividades y pequeñas producciones representadas por monotributistas y autónomos. Las personas jurídicas e instituciones sin fines de lucro cuentan como plazo para su confección hasta el 1 de abril de 2021, mientras que los autónomos deberán hacerlo hasta el 1 de mayo de 2021 y los monotributistas hasta el 1 de junio de 2021.... Los responsables accederán al aplicativo e- CNE ingresando al sitio web de la AFIP con su CUIT y clave fiscal. Esta acción servirá para validar que las personas humanas o jurídicas sean quienes dicen ser al momento de completar el censo. Validado el sujeto el sistema lo redireccionará a un sitio seguro del INDEC para completar el censo. El cuestionario en general requerirá: -Identificación del obligado a censarse. -Identificación de la persona de contacto que completa el formulario. -Existencia de establecimientos en más de una jurisdicción. -Descripción de la actividad principal que genera mayor facturación. -Bienes o servicios resultantes de la actividad principal. -Materias primas, materiales o gastos computables al costo utilizados para la producción de bienes o servicios. -Identificación de quién paga los materiales y equipo de trabajo. -Facturación anual histórica de la actividad principal en el año 2019. -Gastos operativos anuales de la actividad principal en 2019. -Gastos administrativos anuales de la actividad principal en 2019. -Cantidad de trabajadores en relación de dependencia en la actividad principal al 31 de diciembre de 2019. -Unidades auxiliares de apoyo para realizar la actividad principal. -Descripción de actividades secundarias si existen. -Producción de bienes, servicios o activos fijos para consumo propio. -Realización de actividades de investigación y desarrollo. Revisado los datos incorporados al cuestionario, se guarda y se confirma la planilla. Una vez confirmado se genera su remisión. Cumplido ello la aplicación entregará un Certificado de Cumplimiento Censal como comprobante de haber finalizado el trámite. Requisito para futuros trámites Cumpliendo la manda del Banco Central, las entidades financieras solicitarán la presentación del Certificado de Cumplimiento Censal a las personas jurídicas desde el 1 de abril de 2021 al 28 de febrero de 2022; a las personas humanas no monotributistas desde el 1 de mayo de 2021 al 28 de febrero de 2022 y a los monotributistas desde el 1 de julio de 2021 al 28 de febrero de 2022, para: -Apertura de cuentas de depósitos y de otra que implique captación de fondos; -Otorgamiento de créditos y sus respectivas renovaciones; -Apertura de créditos documentarios; -Apertura de cuentas para valores en custodia; -Otorgamiento de fianzas y préstamos de valores; y -Alquiler de cajas de seguridad.

Asistencia Integral al Emprendedor 26.09.2021

Importante Un contribuyente del Monotributo que no se recategoriza, puede ser sujeto de sanciones. De acuerdo con la normativa del Régimen Simplificado, puede corresponderle una multa de la mitad de la cuota total mensual a abonar para los casos que no se recategoricen y no paguen el Monotributo de acuerdo con la categoría que les hubiese correspondido. ... Esa misma sanción, del 50% tanto del impuesto integrado como del componente previsional, se le aplica a quienes se hayan categorizado o recategorizado de manera inexacta. Ante esos casos, la AFIP puede recategorizar de oficio y exigir la deuda resultante. En el caso que el pequeño contribuyente acepte la recategorización de oficio, dentro de los 15 días de su notificación, la sanción aplicada quedará reducida de pleno derecho a la mitad.

Asistencia Integral al Emprendedor 09.09.2021

RÉGIMEN SIMPLIFICADO- MONOTRIBUTO. Modalidad para que las personas que no trabajan en relación de dependencia puedan unificar el IVA, las Ganancias y hacer aportes jubilatorias y de obra social. El pago es mensual y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) determina la categoría. Cabe aclarar que puede convivir con un empleo en relación de dependencia (muchas personas son empleadas en un trabajo, pero también cuentan con su monotributo).... La categoría se asigna según el detalle de las actividades que se separa en dos grupos: prestación de servicios y venta de cosas muebles (productos), y el valor de la cuota del monotributo varía según la categoría. Beneficios de ser monotributista: Monotributo unificado: si las actividades se desarrollan en las provincias de Mendoza, Entre Ríos, Córdoba, San Juan y Jujuy y corresponde pagar ingresos brutos, esto se paga junto a la contribución municipal o comunal en un solo pago mensual. Simplificación impositiva: con una cuota fija (que varía según la categoría asignada) se cubren las obligaciones impositivas y de seguridad social. Múltiples canales de pago: la cuota del monotributo se puede pagar con transferencia bancaria, débito automático, tarjeta de crédito, cajero automático. Este pago digitalizado y se puede hacer desde casa. Incentivo al cumplimiento: en el caso de pagar en tiempo y forma durante un año con débito automático o tarjeta de crédito, AFIP reintegra el importe del componente impositivo de un pago mensual. Podés darte de baja del monotributo en cualquier momento. La baja se hace efectiva a partir del mes siguiente de realizado el trámite. ¿Quiénes no puede ser monotributistas? Quienes realizaron importaciones de cosas muebles y/o servicios para su comercialización posterior, durante los últimos 12 meses. Quienes desarrollaron más de tres 3 actividades simultáneas o se tiene más de 3 locales. Quienes vendan a un precio máximo unitario sus productos a más de 29.119,56 pesos.

Asistencia Integral al Emprendedor 20.08.2021

Qué comprobantes deben emitir los monotributistas? Deberán emitir comprobantes tipo C, a excepción de que se trate de una operación de exportación, en cuyo caso corresponderá emitir comprobantes tipo E. Tené en cuenta que desde el 1 de abril de 2019 todos los monotributistas, sin importar la categoría en la que estén, deberán emitir factura electrónica para todas sus operaciones .

Asistencia Integral al Emprendedor 18.08.2021

Monotributo Se amplía el plazo de suspensión de las exclusiones y bajas de Monotributo: el procedimiento sistémico de exclusión de pleno derecho hasta el 1 de abril de 2021... La consideración del mes de de marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2020 y enero, febrero y marzo de 2021, a los efectos del cómputo del plazo para la aplicación de la baja automática por falta de pago en forma transitoria. Fecha de actualización: 28/01/2021

Asistencia Integral al Emprendedor 10.08.2021

Buscás asesora???Te ayudo en lo que necesites para tener en órden tu emprendimiento. Monotributo, IVA, Ganancias, Ingresos Brutos, Asesoramiento Consultas por Whatsapp 1537703112 -Altas, bajas y modificación a monotributistas ... - Altas, bajas, modificación a responsables inscriptos - Declaraciones juradas mensuales de Ingresos brutos, IVA, libro IVA digital. - y más! See more

Asistencia Integral al Emprendedor 23.07.2021

Recategorizacion obligatoria de monotributo Consultas y aranceles por mensaje privado o por WhatsApp al 1137703112

Asistencia Integral al Emprendedor 18.07.2021

SiRADIG Es el Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias que permite a los empleados transmitir a sus empleadores la información correspondiente de manera electrónica y automatizada. Así el trabajador presenta el F. 572 web con: los conceptos a deducir ( alquiler de casa habitación, cargas de familia, entre otros) las percepciones que le hubieran practicado ... los ingresos extra que tuviera en caso de tener otro empleo. Si te retienen de tu sueldo ganancias y además compraste dólares y te retuvieron el 35%.,..... Debes presentar SIRADIG antes del 31/12 . De esa forma, de corresponder, te devolverán el dinero retenido de más!!!! Su consulta no molesta!!

Asistencia Integral al Emprendedor 11.07.2021

Realizamos bajas de MONOTRIBUTO!! Las causas más comunes de baja en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes o Monotributo se relacionan con el cese de actividades, renuncia, baja automática, exclusión y exclusión de pleno derecho. De no realizar la baja de forma correcta y no seguir abonando las mensualidades, la deuda con el fisco irá acumulándose sumando los intereses correspondientes, hasta cumplir los diez meses consecutivos sin pagar, cuando la AFIP dará ...la baja de forma automática. A partir de allí quedará la deuda por ese período y los intereses correrán hasta el día que se abone la misma. Consultas monotributo Podés hacer tu consulta vía CHAT

Asistencia Integral al Emprendedor 21.06.2021

Tu consulta no molesta!

Asistencia Integral al Emprendedor 04.06.2021

¿Te retienen Ganancias en tu recibo de sueldo? Atentos/as: debes presentar "SIRADIG". El mismo es el Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias que permite a los empleados transmitir a sus empleadores la información correspondiente de manera electrónica y automatizada. Así el trabajador presenta el F. 572 web con los conceptos a deducir, las percepciones que le hubieran practicado o los ingresos extra que tuviera en caso de tener otro empleo. Consultanos!

Asistencia Integral al Emprendedor 24.05.2021

El servicio aportes en línea de AFIP permite que los trabajadores/as en relación de dependencia puedan conocer si su empleador les abona total o parcialmente las contribuciones patronales.

Asistencia Integral al Emprendedor 19.05.2021

Moratoria: Beneficios para contribuyentes cumplidores La adhesión se puede realizar hasta el 30 de noviembre. Alcanza a monotributistas, autónomos y micro y pequeñas empresas. Consultanos!

Información

Teléfono: +54 11 3770-3112

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