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Emprende Mariel 05.05.2021

Hola hola! Cómo están? Aquí reaparezco! Hoy voy a hablar sobre los beneficios para contribuyentes cumplidores que tiene la nueva Moratoria de AFIP:... Es condición necesaria para acceder a los mismos que al 26 de Agosto no registrar incumplimientos en la presentación de declaraciones juradas ni en el pago de impuestos. Los beneficios son los siguientes: 1) Para Monotributistas: eximición del componente impositivo en los pagos mensuales a partir de Enero 2021 con un tope de $17.500. El detalle está en la imagen 2. 2) Autónomos: para la declaración jurada del 2020 puede deducir adicionalmente un 50% del importe correspondiente al mínimo no imponible. 3) Amortización acelerada: micro y pequeñas empresas podrán realizar amortizaciones aceleradas por inversiones realizadas entre el 26 de Agosto de 2020 y el 31 de Diciembre de 2021. No son automáticos, DEBEN SOLICITARSE A TRAVÉS DE LA PÁGINA DE AFIP: En el caso de los Monotributistas, a través del Portal Monotributo. Para autónomos y micro y pequeñas empresas: a través de Sistema Registral.

Emprende Mariel 17.04.2021

Hola! Si desarrollas una industria en Córdoba, uno de los temas más importantes a nivel impositivo a tener en cuenta es la exención en Ingresos Brutos, ya que la actividad está exenta en la provincia, pero para ello es necesario: Contar con el certificado de inscripción o reempadronamiento en el Sistema de Información Industrial de Córdoba.... No tener ingresos superiores a $100 millones en el 2019. Pasos a seguir: 1) Realizar la inscripción o reempadronamiento en el Sistema de Información Industria (SIIC) hasta el 30/09/2020 a través de Ciudadano Digital. En el 2020 se solicita la exención para el 2021 proporcionando información sobre el 2019. 2) Cuando el trámite este aprobado ante el SIIC debe presentarse el certificado a la Dirección General de Rentas de manera online. Sabías sobre este trámite? Si no lo sabías o conocés a alguien que tenga una industria me ayudas compartiendo

Emprende Mariel 08.04.2021

TEMA SUPER IMPORTANTE: LA OBRA SOCIAL. Hoy voy a hablar sobre la Obra Social en el MONOTRIBUTO. Al realizar el alta en el Monotributo debemos elegir una OBRA SOCIAL (excepto que seamos empleados en relación de dependencia, jubilados o aportemos a cajas profesionales).... En muchos casos se deja pasar el tiempo y no se realiza el trámite de alta en la sede de la obra social. GENERALMENTE NOS ACORDAMOS DE LA OBRA SOCIAL CUANDO LA NECESITAMOS CON URGENCIA. Por eso, si no hiciste el trámite te recomiendo que lo hagas, ya que nunca sabemos cuando vamos a necesitarla. Primero llamá a la obra social elegida y consultá que documentación tenes que llevar. Generalmente solicitan: 2 fotos 4 x 4 Fotocopia DNI Fotocopia CUIT: se obtiene en cuitonline.com 3 últimos pagos Monotributo F. 184: se descarga en el servicio Monotributo en la página de AFIP Si la info fue útil para vos, me ayudas compartiendo el post

Emprende Mariel 30.03.2021

AFIP actualizó los importes para identificar a Consumidores Finales: . Si el importe de la operación es igual o superior a $17.472 se debe consignar: Nombre y Apellido. Domicilio.... CUIT/CUIL. . En caso de que el pago NO se realice con tarjeta, transferencia bancaria u otro medio electrónico autorizado el importe se reduce a $8.736. See more

Emprende Mariel 20.03.2021

Cuáles son las principales diferencias entre EMPRESA UNIPERSONAL y SOCIEDAD a tener en cuenta al momento de emprender una actividad? EMPRESA UNIPERSONAL: . Integrada sólo por una persona.... . Responde con todo su patrimonio ante deudas de la actividad económica. . Puede ser monotributista o responsable inscripto (RI), dependiendo de la actividad y facturación. . En caso de ser RI, anualmente debe presentar y confeccionar su DDJJ de Ganancias y Bienes Personales. . En caso de ser RI, debe inscribirse como autónomo. SOCIEDADES: . Puede estar integrada por 1 o más personas, ya que las sociedades anónimas o las sociedades anónimas simplificadas pueden ser conformadas por un único socio. . Se limita el riesgo empresario a lo aportado a la sociedad. Se inscriben ante AFIP como responsables inscriptos. . El encargado máximo de la administración debe inscribirse como autónomo (gerente, presidente o administrador titular). . Debe confeccionar sus libros comerciales: libros de actas, diario, de inventario, entre otros. . Debe confeccionar y presentar sus estados contables ante organismos de contralor, como por ejemplo AFIP. Dichos estados estados contables son auditados por un contador público matriculado. . Tienen órganos de administración y gobierno.Por ejemplo en una sociedad anónima, el órgano de gobierno es la asamblea de accionistas y el órgano de administración es el directorio. Vos sabías estos datos?

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Teléfono: +54 9 3525 40-3500

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