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Estudio juridico Romero 24.04.2021

El TSJ suspendió el receso de julio para todos los tribunales de la provincia de Córdoba Se estima que cuando sea retomada la actividad presencial en todas las sedes se producirá un alto requerimiento del servicio de justicia por parte de la ciudadanía.

Estudio juridico Romero 16.04.2021

Aplican multa a padre y abuela paterna por incumplir régimen de comunicación entre madre e hijas El tribunal pidió a las partes que entiendan que las únicas víctimas o perjudicadas por la posición en que se encuentran son las niñas. El Juzgado en lo Civil, Comercial, Conciliación, Familia, Control, Niñez, Penal Juvenil y Faltas de 1 Nominación de Arroyito aplicó 9.176,16 pesos de multa al progenitor y a la abuela paterna por impedir el contacto de dos niñas con su madre du...rante ocho días. Previamente, el juez Gonzalo Martínez Demo había emplazado a ambos progenitores y a la abuela paterna a dar estricto cumplimiento al régimen de parentalidad provisorio dispuesto por el tribunal. Todo ello, bajo apercibimiento de imponer una sanción pecuniaria equivalente al valor de un jus por cada día de demora a quien incurriera en una conducta obstaculizadora o impidiera la normal ejecución del plan de parentalidad. Luego de notificadas las partes, la progenitora de las niñas denunció el incumplimiento de la orden judicial. El padre y la abuela guardaron total silencio y, en consecuencia, el tribunal asumió que ninguna defensa o alegación en contrario tenían para efectuar. Las partes deben entender que las únicas víctimas o perjudicadas por la posición en que se encuentran son las menores, enfatizó el juez. El magistrado aclaró en la resolución que no desconocía la existencia de una denuncia del padre por un supuesto maltrato de las niñas por parte de su madre. Pero agregó que el padre nunca aclaró si tales actos acontecieron después del cambio del cuidado personal al hogar paterno que fue dispuesto sin interrumpir el vínculo que las propias hijas manifestaron querer tener con su madre.

Estudio juridico Romero 09.04.2021

Ordenan inscribir un inmueble a nombre de la excónyuge por pedido de un acreedor. Un abogado pidió participación en un juicio de divorcio como tercero interesado, porque era acreedor de la mujer. Solicitó inscripción registral del inmueble adjudicado a su deudora. Según las constancias de la causa, en el año 2005 las partes presentaron conjuntamente su divorcio ante la Cámara de Familia de 1 Nominación de la ciudad de Córdoba y propusieron un plan de liquidación de sus biene...s gananciales, según el cual, el inmueble se adjudicó a la mujer, E.N.R., aunque nunca se inscribió a su nombre en el Registro General de la Provincia. El letrado interesado acreditó que la deuda derivaba de los honorarios regulados por un trámite laboral, en virtud de que E.N.R. inició un juicio por despido en contra su patronal, ante la Sala 10 de la Cámara de Trabajo de Córdoba. La demanda de la mujer, en definitiva, no prosperó, por lo que en 2016 fue condenada a pagar gastos y honorarios de los abogados de la contraparte. Ante el incumplimiento, el profesional inició en la Justicia civil la ejecución de dichos honorarios y en el Fuero de Familia la inscripción del inmueble adjudicado por los ex cónyuges. El magistrado destacó que el Código Civil y Comercial de la Nación habilita al acreedor a iniciar la partición de la masa común, si el cónyuge no deudor es el titular de los bienes gananciales, para que pasen al otro cónyuge y, de este modo, garantizarse el cobro del monto adeudado y de los intereses generados. De lo contrario, si los bienes están bajo la titularidad del cónyuge que no contrajo la deuda, no podrían ser atacados por los acreedores del otro. El juez Tavip en base a la vieja premisa lógica quien puede lo más, puede lo menos- explicó que si el acreedor puede pedir la disolución de la comunidad de ganancias, con más razón, puede simplemente pedir que el inmueble, ya adjudicado voluntariamente por las partes, sea debidamente inscripto e ingrese, definitivamente, al patrimonio de su deudora.

Estudio juridico Romero 05.04.2021

Convalidan acuerdo para que la cuñada de una mujer que tuvo cáncer geste a su futuro hijo La jueza dejó sentado que tanto la mujer gestante como la pareja que recibirá al niño o la niña deberán gozar de las licencias laborales. El Juzgado de Familia de 5 Nominación de la ciudad de Córdoba autorizó la realización de la técnica médica de reproducción humana asistida de gestación por sustitución. La jueza Mónica Susana Parrello resolvió homologar el acuerdo arribado entre una ...Continue reading

Estudio juridico Romero 28.03.2021

Fraude del marido contra la sociedad conyugal constituye violencia de género del tipo económico La Cámara en lo Criminal y Correccional de 3 Nominación de Córdoba dio a conocer los fundamentos de la sentencia que condenó a Daniel Humberto Tomaselli a un año y 10 meses de prisión por los delitos de estafa, falsedad ideológica, uso de documento privado falso y estafa procesal en perjuicio de la mujer que era su esposa en el momento de los hechos. En la resolución, la camarista Ángeles Palacio de Arato entendió que la conducta del imputado constituía un caso de violencia de género del tipo económico, bajo la modalidad de violencia doméstica.

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Teléfono: +54 9 358 431-4296

Ubicación: sobremonte 532 local 17 5800 Río Cuarto, Córdoba

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