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Estudio Contable Mazzuca, Velasco & Asociados 02.05.2021

Tratamiento laboral del feriado y los días no laborables, Jueves y Viernes Santo y el día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas Días no laborables: El Jueves Santo es un día no laborable, al respecto la normativa laboral establece:... Día no laborable: La ley de contrato de trabajo 20744, establece que: En los días no laborables, el trabajo será optativo para el empleador, salvo en bancos, seguros y actividades afines, conforme lo determine la reglamentación. En dichos días, los trabajadores que presten servicio, percibirán el salario simple. En caso de optar el empleador como día no laborable, el jornal será igualmente abonado al trabajador. Por lo tanto, el jueves santo es un día no laborable, el empleador decide si se trabaja o no y en ambos casos se paga como día normal. Feriados Nacionales: Viernes Santo y Día por el Veterano de Malvinas Este año tenemos la particularidad de que tanto el viernes santo es el día de 2 de abril, día del Veterano de Malvinas. Según la ya mencionada ley 27399, ambos días son feriados nacionales. Para estos días, la ley establece que: En los días feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso dominical. En dichos días los trabajadores que no gozaren de la remuneración respectiva percibirán el salario correspondiente a los mismos, aún cuando coincidan en domingo. En caso que presten servicios en tales días, cobrarán la remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual. (LCT 20744 art. 166). Es decir que se paga doble.

Estudio Contable Mazzuca, Velasco & Asociados 23.04.2021

Tratamiento laboral del feriado y los días no laborables, Jueves y Viernes Santo y el día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas Días no laborables: El Jueves Santo es un día no laborable, al respecto la normativa laboral establece:... Día no laborable: La ley de contrato de trabajo 20744, establece que: En los días no laborables, el trabajo será optativo para el empleador, salvo en bancos, seguros y actividades afines, conforme lo determine la reglamentación. En dichos días, los trabajadores que presten servicio, percibirán el salario simple. En caso de optar el empleador como día no laborable, el jornal será igualmente abonado al trabajador. Por lo tanto, el jueves santo es un día no laborable, el empleador decide si se trabaja o no y en ambos casos se paga como día normal. Feriados Nacionales: Viernes Santo y Día por el Veterano de Malvinas Este año tenemos la particularidad de que tanto el viernes santo es el día de 2 de abril, día del Veterano de Malvinas. Según la ya mencionada ley 27399, ambos días son feriados nacionales. Para estos días, la ley establece que: En los días feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso dominical. En dichos días los trabajadores que no gozaren de la remuneración respectiva percibirán el salario correspondiente a los mismos, aún cuando coincidan en domingo. En caso que presten servicios en tales días, cobrarán la remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual. (LCT 20744 art. 166). Es decir que se paga doble.

Estudio Contable Mazzuca, Velasco & Asociados 21.04.2021

Servicio Doméstico: Aumenta el monto en concepto de ART La Superintendencia de Riesgos del Trabajo adiciona $39.40 en concepto de ART desde marzo Marzo 2021. Según la resolución 14/21 SRT, publicada hoy en el Boletín Oficial, se adiciona la suma de $ 39,40 por cada trabajador, destinado al financiamiento del Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales (FFEP), a los valores que actualmente abonan con dicha finalidad los empleadores del Régimen Especial de Casas particul...ares. El monto con destino a la ART ya incluía $0.60 para el financiamiento del Fondo Fiduciario, ahora se suman $39.40 lo que suma un total del $40. La medida es concurrente con la Resolución 115/21 MTEySS por la cual, dicho Ministerio consideró oportuno adecuar el monto de la suma fija establecido en el artículo 5 del Decreto N 590/97, a un valor de $ 40 por cada trabajador, con destino al Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales (F.F.E.P), con vigencia a partir del 1 de abril de 2021. Vigencia La presente medida entrará en vigencia a partir del 1 de abril de 2021. Por lo tanto el importe antes mencionado debe ingresarse conjuntamente con las cargas sociales del mes de Marzo 2021, que vencen abril 2021.

Estudio Contable Mazzuca, Velasco & Asociados 16.04.2021

Quedan 2 días para pagar todo el año con descuento y regularizar deuda sin interés. Hasta el 31/3 tenés tiempo de acceder a los beneficios especiales en Automotor e Inmobiliario Pago Anual 2021 con hasta el 40% de descuento. Planes de Pago especiales para regularizar deuda en cuotas y sin interés de financiación

Estudio Contable Mazzuca, Velasco & Asociados 16.04.2021

Servicio Doméstico: Aumenta el monto en concepto de ART La Superintendencia de Riesgos del Trabajo adiciona $39.40 en concepto de ART desde marzo Marzo 2021. Según la resolución 14/21 SRT, publicada hoy en el Boletín Oficial, se adiciona la suma de $ 39,40 por cada trabajador, destinado al financiamiento del Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales (FFEP), a los valores que actualmente abonan con dicha finalidad los empleadores del Régimen Especial de Casas particul...ares. El monto con destino a la ART ya incluía $0.60 para el financiamiento del Fondo Fiduciario, ahora se suman $39.40 lo que suma un total del $40. La medida es concurrente con la Resolución 115/21 MTEySS por la cual, dicho Ministerio consideró oportuno adecuar el monto de la suma fija establecido en el artículo 5 del Decreto N 590/97, a un valor de $ 40 por cada trabajador, con destino al Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales (F.F.E.P), con vigencia a partir del 1 de abril de 2021. Vigencia La presente medida entrará en vigencia a partir del 1 de abril de 2021. Por lo tanto el importe antes mencionado debe ingresarse conjuntamente con las cargas sociales del mes de Marzo 2021, que vencen abril 2021.

Estudio Contable Mazzuca, Velasco & Asociados 13.04.2021

Quedan 2 días para pagar todo el año con descuento y regularizar deuda sin interés. Hasta el 31/3 tenés tiempo de acceder a los beneficios especiales en Automotor e Inmobiliario Pago Anual 2021 con hasta el 40% de descuento. Planes de Pago especiales para regularizar deuda en cuotas y sin interés de financiación

Estudio Contable Mazzuca, Velasco & Asociados 11.04.2021

Empleados de Comercio: liquidación de sueldos Marzo 2021 suma no remunerativa 21% . El acuerdo de revisión salarial 2020 de Empleados de Comercio rama general, fijó un incremento salarial del 21% no remunerativo, a aplicar en 3 tramos, 7% en enero, 14% en febrero y 21% en marzo. Por lo tanto, en la liquidación de marzo 2021 de los trabajadores mercantiles, debemos aplicar este tercer tramo de aumento no remunerativo del 21%.

Estudio Contable Mazzuca, Velasco & Asociados 01.04.2021

Empleados de Comercio: liquidación de sueldos Marzo 2021 suma no remunerativa 21% . El acuerdo de revisión salarial 2020 de Empleados de Comercio rama general, fijó un incremento salarial del 21% no remunerativo, a aplicar en 3 tramos, 7% en enero, 14% en febrero y 21% en marzo. Por lo tanto, en la liquidación de marzo 2021 de los trabajadores mercantiles, debemos aplicar este tercer tramo de aumento no remunerativo del 21%.

Información

Localidad: General Roca, Rio Negro

Teléfono: +54 298 457-1235

Ubicación: Avenida Roca 384 8332 General Roca, Río Negro, Argentina

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