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Estudio Jurídico-Contable Calvani & Calvani 30.04.2021

DUEÑO VENDE. DEPTO. 1 DORMITORIO. BALCON DOBLE AL FRENTE . MITRE Y MORENO. IMPECABLE. 4TO PISO. CENTRICO. ACTUALMENTE ALQUILADO. U$S 55.000 NEGOCIABLE. 03402-15556586.

Estudio Jurídico-Contable Calvani & Calvani 22.04.2021

DUEÑO VENDE. DEPTO. 1 DORMITORIO. BALCON DOBLE AL FRENTE . MITRE Y MORENO. IMPECABLE. 4TO PISO. CENTRICO. ACTUALMENTE ALQUILADO. U$S 55.000 NEGOCIABLE. 03402-15556586.

Estudio Jurídico-Contable Calvani & Calvani 15.04.2021

Incremento salarial solidario a trabajadores de sector privado. Diez claves del Decreto 14/2020 Más información en nuestro Blog https://www.cdormarcosfelice.com.ar/claves-incremento-soli/

Estudio Jurídico-Contable Calvani & Calvani 02.04.2021

Incremento salarial solidario a trabajadores de sector privado. Diez claves del Decreto 14/2020 Más información en nuestro Blog https://www.cdormarcosfelice.com.ar/claves-incremento-soli/

Estudio Jurídico-Contable Calvani & Calvani 31.03.2021

Felicidades para todos nuestros clientes y amigos!!

Estudio Jurídico-Contable Calvani & Calvani 17.03.2021

Felicidades para todos nuestros clientes y amigos!!

Estudio Jurídico-Contable Calvani & Calvani 24.09.2020

*CONSEJO LEGAL PARA EL 2020* Cuando escribamos una fecha en documentos, durante este año se hace necesario escribir el año 2020 completo así, por ejemplo: 31/01/2020 y no... 31/01/20 solamente pues cabe la posibilidad de que alguien lo cambie a 31/01/2000 o 31/01/2019 o cualquier otro año a conveniencia. Este problema sólo se presenta este año. Sera una práctica errónea común escribir solo 20 en Cheques, memorándum o circulares. Mucho cuidado! No escriba o acepte documentos con sólo 20.

Estudio Jurídico-Contable Calvani & Calvani 12.09.2020

Felicidades para todos nuestros clientes y amigos!!

Estudio Jurídico-Contable Calvani & Calvani 24.08.2020

Comienza la implementación de la suba del mínimo no imponible y la baja de los anticipos de los autónomos en el impuesto a las ganancias. Se implementaron hoy... tres importantes medidas impositivas que beneficiarán a los empleados en relación de dependencia, los trabajadores autónomos, los jubilados y las Pymes. La resolución general 4546 actualizó el mínimo no imponible y la deducción especial del impuesto a las Ganancias en un 20 por ciento, luego de la última actualización del 28,3%. La resolución general 4547 dispuso la reducción del 50% de los anticipos del impuesto a las Ganancias que deben pagar las personas físicas (incluidos los trabajadores autónomos) en lo que resta de este año (octubre y diciembre). La resolución general 4548 habilitó la ampliación de los planes permanentes de facilidades de pago que permiten regularizar las obligaciones impositivas, de los recursos de la seguridad social y las aduaneras. En el caso de las Pymes, los planes pasarán de 6 a 10 planes; el resto de los contribuyentes podrá acceder hasta tres planes. Más info > ht.ly/azz930pmwFh

Información

Localidad: Arroyo Seco

Teléfono: +54 9 3402 48-3449

Ubicación: Moreno 175 2128 Arroyo Seco, Santa Fe, Argentina

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