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Emergencia Sanitaria COVID-19 - Alquileres Suspensión de alquileres y congelamiento de precios. Decreto 320/2020...Continue reading
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PROHIBICIÓN DE DESPIDO Y SUSPENSIONES EN CUARENTENA DECRETO DE NECESIDAD Y URGENCIA N 329/2020 Por medio del Decreto de Necesidad y Urgencia N 329/2020 el Poder Ejecutivo dispuesto la PROHIBICIÓN DE LOS DESPIDOS EN CUARENTENA, a continuación analizaremos que casos comprende, su duración y alcance. ... ALCANCE Que el art. 2 del mencionado decreto PROHÍBE LOS DESPIDOS SIN JUSTA CAUSA Y POR LAS CAUSALES DE FALTA O DISMINUCIÓN DE TRABAJO Y FUERZA MAYOR. Por su parte el art. 3 PROHÍBE LAS SUSPENSIONES POR LAS CAUSALES DE FUERZA MAYOR O FALTA O DISMINUCIÓN DE TRABAJO por el mismo plazo de SESENTA (60) días a partir de la fecha publicación en el BOLETÍN OFICIAL. PLAZO Los mismos estarán prohibidos por el plazo de SESENTA (60) días. Es decir desde 31/03/2020 al 30/05/2020. QUE SUCEDE SI IGUALMENTE ME DESPIDEN O ME DEJAN SIN TRABAJO En ese caso deberías contactarnos para que podamos ayudarte, ya que en virtud del ARTÍCULO 4 los despidos y las suspensiones que se dispongan en violación de lo dispuesto en el artículo 2 y artículo 3 NO PRODUCIRÁN EFECTO ALGUNO, MANTENIÉNDOSE VIGENTES LAS RELACIONES LABORALES EXISTENTES Y SUS CONDICIONES EXISTENTES, y tu derecho a percibir la remuneración. Estamos a tu disposición, Dr. Fernando Benso MP 1-37764, teléfono 0351/123213105, mail: [email protected]. Estamos en calle Crisol 58 piso 10, A. Dispones de atención online y/o presencial (cuando se levante la cuarentena).
PROHIBICIÓN DE DESPIDO Y SUSPENSIONES EN CUARENTENA DECRETO DE NECESIDAD Y URGENCIA N 329/2020 Por medio del Decreto de Necesidad y Urgencia N 329/2020 el Poder Ejecutivo dispuesto la PROHIBICIÓN DE LOS DESPIDOS EN CUARENTENA, a continuación analizaremos que casos comprende, su duración y alcance. ... ALCANCE Que el art. 2 del mencionado decreto PROHÍBE LOS DESPIDOS SIN JUSTA CAUSA Y POR LAS CAUSALES DE FALTA O DISMINUCIÓN DE TRABAJO Y FUERZA MAYOR. Por su parte el art. 3 PROHÍBE LAS SUSPENSIONES POR LAS CAUSALES DE FUERZA MAYOR O FALTA O DISMINUCIÓN DE TRABAJO por el mismo plazo de SESENTA (60) días a partir de la fecha publicación en el BOLETÍN OFICIAL. PLAZO Los mismos estarán prohibidos por el plazo de SESENTA (60) días. Es decir desde 31/03/2020 al 30/05/2020. QUE SUCEDE SI IGUALMENTE ME DESPIDEN O ME DEJAN SIN TRABAJO En ese caso deberías contactarnos para que podamos ayudarte, ya que en virtud del ARTÍCULO 4 los despidos y las suspensiones que se dispongan en violación de lo dispuesto en el artículo 2 y artículo 3 NO PRODUCIRÁN EFECTO ALGUNO, MANTENIÉNDOSE VIGENTES LAS RELACIONES LABORALES EXISTENTES Y SUS CONDICIONES EXISTENTES, y tu derecho a percibir la remuneración. Estamos a tu disposición, Dr. Fernando Benso MP 1-37764, teléfono 0351/123213105, mail: [email protected]. Estamos en calle Crisol 58 piso 10, A. Dispones de atención online y/o presencial (cuando se levante la cuarentena).
CONSEJOS SOBRE ADQUISICIÓN DE VIVIENDAS PREFABRICADAS La Dirección de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial de la Provincia, registra diariamente múltiples denuncias vinculadas a empresas que se dedican a la comercialización e instalación de viviendas prefabricadas en la Provincia de Córdoba. Las mismas se encuentran en proceso de investigación administrativa y son pasibles de sanciones, multas y hasta clausuras de acuerdo a la magnitud de la acción desarrollada, tal c...Continue reading
SEGURO DE DESEMPLEO El Estado argentino pone al servicio de los ciudadanos integrados al sistema formal de trabajo un seguro de desempleo en caso de despido sin causa justa. Durante la vigencia de la prestación, el trabajador y su grupo familiar continúan teniendo derecho a:...Continue reading
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