Estudio Juridico Cristina A. Flores
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Créditos UVA: la Justicia bonaerense confirmó la cautelar que puso tope al incremento de cuotas La Cámara Segunda Civil y Comercial de La Plata ratificó la deci...sión de primera instancia que había ordenado al Banco Provincia reliquidar las cuotas correspondientes a un préstamo hipotecario UVA, las que no deberían superar el 30% de los ingresos familiares. Más info y fallo https://bit.ly/3mBuF4S
INTERNET: ORDENAN A FACE ELIMINAR UN USUARIO POR VIOLENCIA DE GENERO Un usuario anónimo de Facebook realizó reiteradas publicaciones de acoso y violencia de gén...ero contra una mujer que se dedica a la función pública en la provincia de Santa Fe. La afectada hizo la denuncia ante la justicia de Granadero Baigorria de aquella provincia y adjunto las capturas de pantalla de los agravios. En forma inmediata y preventiva, el 5 de mayo de 2020 el juez del Juzgado Comunitario de las Pequeñas Causas resolvió como sigue. "Por todo lo expuesto, SE RESUELVE: ORDENAR A LA EMPRESA FACEBOOK ARGENTINA S.R.L., con domicilio en calle Tucumán 1 Piso 7 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, LA INMEDIATA ELIMINACIÓN DEL USUARIO URL ., mediante el cual se realizarán actos configurativos de violencia de género contra la actora. Previo a su eliminación deberá la empresa informar a todos los contactos (amigos) de dicha cuenta los motivos por los cuales se ha ordenado dicha eliminación, como asimismo, que deberán ELIMINAR TODAS LAS PUBLICACIONES QUE HAYAN SIDO POSTEADAS POR EL USUARIO URL ., y las que hayan sido por ellos compartidas con sus amigos, que contengan imágenes y/o comentarios acosantes contra la actora . Ordenar a FACEBOOK ARGENTINA S.R.L sirva informar la identificación del ID de la URL descripta precedentemente, para identificar el origen de las publicaciones y por ende, la autoría de las mismas, y disponer la ampliación de las presentes medidas preventivas y la elevación al Ministerio Público de la Acusación, Regional Rosario, de copia de las actuaciones a los fines de la investigación penal de los hechos de presunto contenido delictivo Como se puede ver, este juez actuó de manera eficiente en protección de una usuaria de redes sociales. La violencia también está prohibida en las redes sociales. Y castigada. Si sos víctima, pedí ayuda. Existen los recursos para eliminarla y los medios para protegerte. ¿Qué sabes de esto? Contanos tu experiencia.
Créditos UVA: la Justicia bonaerense confirmó la cautelar que puso tope al incremento de cuotas La Cámara Segunda Civil y Comercial de La Plata ratificó la deci...sión de primera instancia que había ordenado al Banco Provincia reliquidar las cuotas correspondientes a un préstamo hipotecario UVA, las que no deberían superar el 30% de los ingresos familiares. Más info y fallo https://bit.ly/3mBuF4S
Fallo de Juzgado de Familia de Lomas de Zamora
Un juez uruguayo se negó a aplicar la" perspectiva de género" por considerarla un " Caballo de Troya" legislativo, todo en orden a contrabandear pautas puramente ideológicas en el ordenamiento jurídico.
INTERNET: ORDENAN A FACE ELIMINAR UN USUARIO POR VIOLENCIA DE GENERO Un usuario anónimo de Facebook realizó reiteradas publicaciones de acoso y violencia de gén...ero contra una mujer que se dedica a la función pública en la provincia de Santa Fe. La afectada hizo la denuncia ante la justicia de Granadero Baigorria de aquella provincia y adjunto las capturas de pantalla de los agravios. En forma inmediata y preventiva, el 5 de mayo de 2020 el juez del Juzgado Comunitario de las Pequeñas Causas resolvió como sigue. "Por todo lo expuesto, SE RESUELVE: ORDENAR A LA EMPRESA FACEBOOK ARGENTINA S.R.L., con domicilio en calle Tucumán 1 Piso 7 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, LA INMEDIATA ELIMINACIÓN DEL USUARIO URL ., mediante el cual se realizarán actos configurativos de violencia de género contra la actora. Previo a su eliminación deberá la empresa informar a todos los contactos (amigos) de dicha cuenta los motivos por los cuales se ha ordenado dicha eliminación, como asimismo, que deberán ELIMINAR TODAS LAS PUBLICACIONES QUE HAYAN SIDO POSTEADAS POR EL USUARIO URL ., y las que hayan sido por ellos compartidas con sus amigos, que contengan imágenes y/o comentarios acosantes contra la actora . Ordenar a FACEBOOK ARGENTINA S.R.L sirva informar la identificación del ID de la URL descripta precedentemente, para identificar el origen de las publicaciones y por ende, la autoría de las mismas, y disponer la ampliación de las presentes medidas preventivas y la elevación al Ministerio Público de la Acusación, Regional Rosario, de copia de las actuaciones a los fines de la investigación penal de los hechos de presunto contenido delictivo Como se puede ver, este juez actuó de manera eficiente en protección de una usuaria de redes sociales. La violencia también está prohibida en las redes sociales. Y castigada. Si sos víctima, pedí ayuda. Existen los recursos para eliminarla y los medios para protegerte. ¿Qué sabes de esto? Contanos tu experiencia.
Fallo de Juzgado de Familia de Lomas de Zamora
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