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Fabiana Malatesta Consultora 10.05.2021

El proyecto de modificacion a la Ley de Impuesto a las Ganancias obtuvo medía sancion por parte de la Cámara de Diputados. Los cambios que se realizaron son: Excluye del impuesto a las remuneraciones de hasta $ 150.000. Cuando la misma supere ese monto y alcance hasta los $ 173.000 se faculta al PEN a definir la magnitud de la deducción, para preservar los beneficios del presente proyecto. Artículo 4 que sustituye el inciso c) del primer párrafo del artículo 30 de la Ley d...e Impuesto a las Ganancias y Artículo 10 del Proyecto. Se excluye del alcance del impuesto el SAC en tanto no supere los $ 150.000. Artículo 1 que se incorpora como inciso y) del artículo 26 de la Ley de Impuesto a las Ganancias. La deducción por cónyuge vale y se aplica a las uniones de hecho. Artículo 2 que se incorpora como segundo párrafo del apartado 1 del inciso b) del artículo 30 de la Ley de Impuesto a las Ganancias. En cuanto a las jubilaciones, se eleva de 6 a 8 veces la suma de los haberes garantizados, siempre y cuando no existan otros beneficios. Artículo 5 que sustituye los párrafos cuarto y quinto del artículo 30 de la Ley de Impuesto a las Ganancias. Se añade una deducción especial para el caso de hijos/as discapacitadxs. Artículo 3 que sustituye el segundo párrafo del apartado 2 del inciso b) del artículo 30 de la Ley de Impuesto a las Ganancias. Se mantiene el denominado beneficio patagónico. Artículo 9 que mantiene vigentes las disposiciones previstas en el tercer párrafo del artículo 30 de la Ley de Impuesto a las Ganancias. Se permite la deducción de gastos de movilidad y viáticos, hasta un 40 % de la ganancia no imponible. Artículo 6 que sustituye los párrafos cuarto y quinto del artículo 82 de la Ley de Impuesto a las Ganancias. Excluye los reintegros por gastos de guardería o jardín materno, para hijxs de hasta 3 años y hasta el 40 % de la ganancia no imponible. Artículo 8 que sustituye el segundo párrafo del artículo 111 de la Ley de Impuesto a las Ganancias. Horas extras para el personal de salud. Artículo 11 que prorroga hasta el 30 de setiembre de 2021, la vigencia de las disposiciones del artículo 1 de la Ley N 27.549, esta ley exime del pago del impuesto al personal de salud en todo lo que respecta a su labor durante la emergencia sanitaria. Retroactividad al 1 de enero de 2021. Artículo 12. #ganancias #ImpuestoALasGanancias #Diputados

Fabiana Malatesta Consultora 06.05.2021

El proyecto de modificacion a la Ley de Impuesto a las Ganancias obtuvo medía sancion por parte de la Cámara de Diputados. Los cambios que se realizaron son: Excluye del impuesto a las remuneraciones de hasta $ 150.000. Cuando la misma supere ese monto y alcance hasta los $ 173.000 se faculta al PEN a definir la magnitud de la deducción, para preservar los beneficios del presente proyecto. Artículo 4 que sustituye el inciso c) del primer párrafo del artículo 30 de la Ley d...e Impuesto a las Ganancias y Artículo 10 del Proyecto. Se excluye del alcance del impuesto el SAC en tanto no supere los $ 150.000. Artículo 1 que se incorpora como inciso y) del artículo 26 de la Ley de Impuesto a las Ganancias. La deducción por cónyuge vale y se aplica a las uniones de hecho. Artículo 2 que se incorpora como segundo párrafo del apartado 1 del inciso b) del artículo 30 de la Ley de Impuesto a las Ganancias. En cuanto a las jubilaciones, se eleva de 6 a 8 veces la suma de los haberes garantizados, siempre y cuando no existan otros beneficios. Artículo 5 que sustituye los párrafos cuarto y quinto del artículo 30 de la Ley de Impuesto a las Ganancias. Se añade una deducción especial para el caso de hijos/as discapacitadxs. Artículo 3 que sustituye el segundo párrafo del apartado 2 del inciso b) del artículo 30 de la Ley de Impuesto a las Ganancias. Se mantiene el denominado beneficio patagónico. Artículo 9 que mantiene vigentes las disposiciones previstas en el tercer párrafo del artículo 30 de la Ley de Impuesto a las Ganancias. Se permite la deducción de gastos de movilidad y viáticos, hasta un 40 % de la ganancia no imponible. Artículo 6 que sustituye los párrafos cuarto y quinto del artículo 82 de la Ley de Impuesto a las Ganancias. Excluye los reintegros por gastos de guardería o jardín materno, para hijxs de hasta 3 años y hasta el 40 % de la ganancia no imponible. Artículo 8 que sustituye el segundo párrafo del artículo 111 de la Ley de Impuesto a las Ganancias. Horas extras para el personal de salud. Artículo 11 que prorroga hasta el 30 de setiembre de 2021, la vigencia de las disposiciones del artículo 1 de la Ley N 27.549, esta ley exime del pago del impuesto al personal de salud en todo lo que respecta a su labor durante la emergencia sanitaria. Retroactividad al 1 de enero de 2021. Artículo 12. #ganancias #ImpuestoALasGanancias #Diputados

Fabiana Malatesta Consultora 01.05.2021

La Cámara de Diputados dio medía sanción al dictamen que tenía el proyecto de ley de reforma del Monotributo, que propone actualizar los topes de cada categoría, y crea un puente para facilitar el ingreso al régimen general. La reforma propiciada busca armonizar la transición entre el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) y el Régimen General (RG), tanto en términos administrativos como en los montos de las obligaciones que deben afrontar las personas monotri...Continue reading

Fabiana Malatesta Consultora 21.04.2021

La cámara de Diputados de la Nación le dio media sanción a Ley de Presupuestos Mínimos para la Implementación de la Educación Ambienta obtuvo media sanción, este tiene como objetivo promover la sostenibilidad y fomentar un nuevo paradigma de relación con la naturaleza. Como también reconoce los límites y potencialidad de la naturaleza. Y destaca la acción pedagógica y social promoviendo nuevos sentidos civilizatorios. Entre los puntos más destacados, con el proyecto de ley se... busca construir conciencia basada en la solidaridad, el respeto, la inclusión, y la concientización sobre el derecho humano a un ambiente sano. Es por ello que el texto establece la creación de organismos que instrumenten la educación ambiental en todas las provincias, con la elaboración y diseño de estrategias y acciones de educación ambiental integral. Este proyecto crea el Consejo Consultivo de la Coordinación Ejecutiva de la Estrategia Nacional de Educación Ambiental (CENEA), cuya función será la de asistir a la referida Coordinación Ejecutiva y acompañar en la implementación de la Estrategia Nacional de Educación Ambiental (ENEA). Estrategia Nacional de Educación Ambiental (ENEA) tiene como propósito general es la promoción de la concienciación y responsabilidad ambiental en la ciudadanía de todo el territorio nacional. La iniciativa dispone que cada jurisdicción determinará la modalidad de implementación en la agenda educativa de, al menos, una jornada o espacio de mejora institucional dedicada a la educación ambiental, y dará difusión sobre la actividad y sus participantes. En sus primeros artículos el proyecto brinda definiciones necesarias y los principios en los que se fundamenta la educación ambiental. #educacionambiental #medioambiente #diputados

Fabiana Malatesta Consultora 17.04.2021

La Cámara de Diputados dio medía sanción al dictamen que tenía el proyecto de ley de reforma del Monotributo, que propone actualizar los topes de cada categoría, y crea un puente para facilitar el ingreso al régimen general. La reforma propiciada busca armonizar la transición entre el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) y el Régimen General (RG), tanto en términos administrativos como en los montos de las obligaciones que deben afrontar las personas monotri...Continue reading

Fabiana Malatesta Consultora 07.04.2021

La cámara de Diputados de la Nación le dio media sanción a Ley de Presupuestos Mínimos para la Implementación de la Educación Ambienta obtuvo media sanción, este tiene como objetivo promover la sostenibilidad y fomentar un nuevo paradigma de relación con la naturaleza. Como también reconoce los límites y potencialidad de la naturaleza. Y destaca la acción pedagógica y social promoviendo nuevos sentidos civilizatorios. Entre los puntos más destacados, con el proyecto de ley se... busca construir conciencia basada en la solidaridad, el respeto, la inclusión, y la concientización sobre el derecho humano a un ambiente sano. Es por ello que el texto establece la creación de organismos que instrumenten la educación ambiental en todas las provincias, con la elaboración y diseño de estrategias y acciones de educación ambiental integral. Este proyecto crea el Consejo Consultivo de la Coordinación Ejecutiva de la Estrategia Nacional de Educación Ambiental (CENEA), cuya función será la de asistir a la referida Coordinación Ejecutiva y acompañar en la implementación de la Estrategia Nacional de Educación Ambiental (ENEA). Estrategia Nacional de Educación Ambiental (ENEA) tiene como propósito general es la promoción de la concienciación y responsabilidad ambiental en la ciudadanía de todo el territorio nacional. La iniciativa dispone que cada jurisdicción determinará la modalidad de implementación en la agenda educativa de, al menos, una jornada o espacio de mejora institucional dedicada a la educación ambiental, y dará difusión sobre la actividad y sus participantes. En sus primeros artículos el proyecto brinda definiciones necesarias y los principios en los que se fundamenta la educación ambiental. #educacionambiental #medioambiente #diputados

Fabiana Malatesta Consultora 05.04.2021

La cámara de Diputados de la Nación dio media sanción un proyecto de adaptación del Régimen Jurídico para la Prevención y el Control de Dopaje en el deporte al Código Mundial Antidopaje. La Agencia Mundial Antidopaje (WADA-AMA), con la participación de la comunidad Antidopaje mundial, puso en vigencia el nuevo Código Mundial Antidopaje 2021 a partir del primero de enero de este año. Con su actualización se modificaron los Estándares Internacionales existentes, y se crearon lo...s Estándares Internacionales de Gestión de Resultados y de Educación. Todos entran en vigencia a partir del primero de enero de 2021. Entre uno de los principales cambios de la nueva normativa se encuentra una modificación realizada sobre las sanciones por el uso de drogas de abuso, como cocaína o marihuana, que anteriormente podían terminar con la carrera de un atleta. A partir del nuevo Código se establece que, si se registra el doping positivo en controles realizados fuera de competencia y sin la intención de lograr algún beneficio a partir de ese consumo, las sanciones pueden ir de uno a tres meses. Las modificaciones tienen que ver con los sujetos alcanzados por el régimen, la prueba de presencia de sustancias prohibidas, el incumplimiento de localización de los atletas y las sanciones, entre otros temas. PRINCIPALES CAMBIOS: Desde la fundamentación, orientada hacia la salud como razón principal del Código, e incluyendo los Derechos de los Deportistas como documento oficial del Código, las modificaciones abarcan un amplio rango que tanto deportistas, como personal de apoyo y organismos vinculados al deporte, deberán conocer para estar actualizados con la normativa antidopaje. Para deportistas, importante: El nuevo Código incluye el Acta de derechos de los deportistas que consta de una primera parte de Derechos que se encuentran en el Código y los Estándares Internacionales y una segunda parte con derechos recomendados por Deportistas a las Organizaciones Antidopaje para buenas prácticas del programa Antidopaje. #dopaje #antidopaje #diputados

Fabiana Malatesta Consultora 03.04.2021

La cámara de Diputados de la Nación dio media sanción un proyecto de adaptación del Régimen Jurídico para la Prevención y el Control de Dopaje en el deporte al Código Mundial Antidopaje. La Agencia Mundial Antidopaje (WADA-AMA), con la participación de la comunidad Antidopaje mundial, puso en vigencia el nuevo Código Mundial Antidopaje 2021 a partir del primero de enero de este año. Con su actualización se modificaron los Estándares Internacionales existentes, y se crearon lo...s Estándares Internacionales de Gestión de Resultados y de Educación. Todos entran en vigencia a partir del primero de enero de 2021. Entre uno de los principales cambios de la nueva normativa se encuentra una modificación realizada sobre las sanciones por el uso de drogas de abuso, como cocaína o marihuana, que anteriormente podían terminar con la carrera de un atleta. A partir del nuevo Código se establece que, si se registra el doping positivo en controles realizados fuera de competencia y sin la intención de lograr algún beneficio a partir de ese consumo, las sanciones pueden ir de uno a tres meses. Las modificaciones tienen que ver con los sujetos alcanzados por el régimen, la prueba de presencia de sustancias prohibidas, el incumplimiento de localización de los atletas y las sanciones, entre otros temas. PRINCIPALES CAMBIOS: Desde la fundamentación, orientada hacia la salud como razón principal del Código, e incluyendo los Derechos de los Deportistas como documento oficial del Código, las modificaciones abarcan un amplio rango que tanto deportistas, como personal de apoyo y organismos vinculados al deporte, deberán conocer para estar actualizados con la normativa antidopaje. Para deportistas, importante: El nuevo Código incluye el Acta de derechos de los deportistas que consta de una primera parte de Derechos que se encuentran en el Código y los Estándares Internacionales y una segunda parte con derechos recomendados por Deportistas a las Organizaciones Antidopaje para buenas prácticas del programa Antidopaje. #dopaje #antidopaje #diputados

Fabiana Malatesta Consultora 31.03.2021

La Cámara de Senadores dio media sanción a la declaración de zona de desastre, que habilita al Poder Ejecutivo a tomar medidas extraordinarias para colaborar con la región. Establece la declaración de zona de desastre y de emergencia económica, social, ecológica y productiva en el departamento de Cushamen, en Chubut, y en la zona de El Bolsón, en el departamento de Bariloche, tras los incendios registrados en la comarca andina de ambas provincias. La medida, que fue tratada... en el Senado de la Nación sobre tablas, tendrá vigencia por el término de 180 días, luego de aprobada la Ley, prorrogables por igual término por el Poder Ejecutivo. Este proyecto facultará al Poder Ejecutivo para que adopte medidas especiales para brindar asistencia financiera especial para las actividades económicas damnificadas; otorgar créditos que permitan lograr la reparación de viviendas e instalaciones afectadas, la continuidad de las actividades económicas, la recuperación de las economías de las explotaciones afectadas, y el mantenimiento de su personal; se prevén medidas impositivas especiales como eximiciones y prórrogas, se paralizan los juicios iniciados, y se suspensión el curso de los términos procesales y de la caducidad de instancia de juicios por 90 días. #IncendiosForestales #Chubut #RioNegro #Senado

Fabiana Malatesta Consultora 26.03.2021

La Cámara de Senadores dio media sanción a la declaración de zona de desastre, que habilita al Poder Ejecutivo a tomar medidas extraordinarias para colaborar con la región. Establece la declaración de zona de desastre y de emergencia económica, social, ecológica y productiva en el departamento de Cushamen, en Chubut, y en la zona de El Bolsón, en el departamento de Bariloche, tras los incendios registrados en la comarca andina de ambas provincias. La medida, que fue tratada... en el Senado de la Nación sobre tablas, tendrá vigencia por el término de 180 días, luego de aprobada la Ley, prorrogables por igual término por el Poder Ejecutivo. Este proyecto facultará al Poder Ejecutivo para que adopte medidas especiales para brindar asistencia financiera especial para las actividades económicas damnificadas; otorgar créditos que permitan lograr la reparación de viviendas e instalaciones afectadas, la continuidad de las actividades económicas, la recuperación de las economías de las explotaciones afectadas, y el mantenimiento de su personal; se prevén medidas impositivas especiales como eximiciones y prórrogas, se paralizan los juicios iniciados, y se suspensión el curso de los términos procesales y de la caducidad de instancia de juicios por 90 días. #IncendiosForestales #Chubut #RioNegro #Senado

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Teléfono: +54 342 519-3208

Web: http://www.fabianamalatesta.com.ar

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