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Frente Patria Grande SAO Pto SAE y LG 26.05.2021

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Frente Patria Grande SAO Pto SAE y LG 15.05.2021

VIOLENCIA FAMILIAR Información para victimas/denunciantes. 1) ¿Qué es la violencia familiar?... Violencia familiar es toda acción, omisión, abuso, que afecte o ponga en peligro la vida, la libertad, la seguridad personal, la dignidad, la integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, de una persona en el ámbito del grupo familiar. Por grupo familiar, se entiende a los integrantes en un matrimonio o en una unión convivencial (concubinos) o a dos personas unidas por un noviazgo. También se contempla a ex esposos/as, parejas, novios/as. Además, a los ascendientes (abuelos/as, padres, madres), descendientes (hijos/as, nietos/as), colaterales y/o consanguíneos y a convivientes o descendientes directos de algunos de ellos (hermanos/as, tíos/as, primos/as). 2) ¿Cuáles son las formas o modalidades de violencia? La violencia puede ser: Física: la que se emplea contra el cuerpo de la víctima produciendo lesiones, daños, dolor o generando el riesgo de producirlo, así como formas de maltrato o agresión que afectan la integridad física, por ejemplo puñetazos, empujones, cachetadas, patadas, quemaduras, tirones de pelo, zamarreos, entre otros. Psicológica/Emocional: la que causa daño emocional y altera el desarrollo personal de la víctima por medio de insultos, humillaciones, reproches, amenazas, acoso, hostigamiento, restricción y control, aislamiento, así como también acciones por las cuales se destruyen bienes, efectos personales u objetos de valor sentimental para la víctima. Además, actitudes de desconfianza, indiferencia, celos o que tienden a desvalorizar o ridiculizar constantemente a la víctima y/o a bajar su autoestima, entre otras. ( Para este tema siempre recomiendo un libro que es "el acoso moral" de Marie France Hirigoyen, que habla del maltrato psicológico en la vida cotidiana). Sexual/reproductiva: la que se ejerce por acciones que tienen por objeto forzar o doblegar la voluntad y el derecho a decidir voluntariamente acerca de su vida sexual o reproductiva, implique o no acceso o contacto genital. Esta puede ejercerse por medio de amenazas, fuerza o intimidación. Económica/patrimonial: la que tiene por objetivo la sustracción o disminución de los recursos económicos o patrimonio de la víctima mediante maniobras que generan perdida de bienes, su destrucción, su retención o la afectación inadecuada de objetos, de instrumentos de trabajo, documentos y efectos personales. Se manifiesta también por el excesivo control de la economía doméstica y la obstrucción manifiesta en lo que hace a las decisiones acerca de su uso. 3) ¿Qué debo hacer si soy víctima de violencia familiar? En primer lugar, y si no estás en una situación de riesgo extremo en cuyo caso podés llamar al 911; pedir ayuda a familiares, amigos, vecinos, referentes comunitarios, entidades de la municipalidad o de la provincia u organizaciones no gubernamentales que se dediquen al tema y acudir a centros de atención, Consejo de la Mujer y la Familia SAO. También podés efectuar una denuncia. Para ello deberás concurrir a la Comisaría de la Mujer y la Familia (no hay en San Antonio, a pesar de que el Consejo de la Mujer y la Familia SAO lo ha solicitado en reiterados oportunidades) o cualquier otra Comisaría, o a los Juzgados de Paz y Familia de la provincia. El trámite es gratuito. Al hacer la denuncia se puede estar acompañado de una persona de confianza o acompañante por el que optes. Deben explicarte tus derechos y opciones y pasos a seguir de manera sencilla y entendible. No pueden obligarte a enfrentar o discutir o tratar de solucionar la situación con el/la agresor/a. Llevá con vos tus documentos y, en lo posible, los de tus hijos o personas que estén a tu cargo. No obstante, recordá que tenés derecho a que se reciba tu denuncia aún sin presentar tu documento. 4) ¿Necesito abogado para hacer la denuncia? NO NECESITAS ABOGADO. Sin embargo, tenés derecho a ser asesorado por un/a abogado/a. Podés acceder a uno concurriendo a las Defensorías Oficiales. 5) ¿Necesito testigos para hacer la denuncia? NO ES NECESARIO PRESENTAR TESTIGOS. No es necesario y no pueden exigirlos. Pero si hay testigos del acto o situación de violencia es tu derecho ofrecerlos e, incluso, si te acompañan a hacer la denuncia podrían tomarle en ese mismo momento la declaración. 6) ¿Puede denunciar una persona sin ser la víctima? SI, PUEDE DENUNCIAR UNA PERSONA QUE NO ES LA VICTIMA. Incluso cuando las víctimas fueran niños, niñas o adolescentes, adultos mayores o personas con discapacidad que se encuentren imposibilitadas de accionar por sí mismas, estarán obligados a hacerlo sus representantes legales, los obligados por alimentos y/o el Ministerio Público, como así también quienes se desempeñan en organismos asistenciales, educativos, de salud y de justicia y en general, quienes desde el ámbito público o privado tomen conocimiento de situaciones de violencia familiar o tengan indicios de que puedan existir. 7) ¿El denunciante puede tener reserva de la identidad? Sí, se debe guardar reserva de identidad del denunciante. 8) ¿Dónde acudir ante un caso de crisis o emergencia? Llamá al 911. O acercarte a la Comisaría más próxima. 9) ¿Debo exigir revisación de expertos si tengo lesiones? Si, quieres puedes pedir al operador que te atienda que te derive a los médicos especializados. 10) ¿Qué medidas puedo solicitar al hacer una denuncia? Podés pedir: Exclusión del hogar del/la agresor/a, Prohibición de acceso a tu hogar o acercamiento al mismo, a tu lugar de trabajo u otros lugares (perímetro), Medidas necesarias para garantizar tu seguridad y la de la/s persona/s que pudieren ser agredida/s Restitución de tus efectos personales; Tu reintegro al hogar, si es que debiste abandonarlo; Asistencia legal, médica o psicológica, Fijación de una cuota alimentaria y tenencia provisorios; En caso en que la víctima fuere una persona menor de edad o incapaz, otorgar su guarda provisoria; La suspensión provisoria del régimen de visitas; El inventario de los bienes gananciales de la sociedad conyugal y de los bienes propios de quien ejerce y de quien padece violencia. En los casos de parejas convivientes se dispondrá el inventario de los bienes de cada uno; El uso exclusivo del mobiliario de la casa a la persona que padece violencia; Prohibir al presunto agresor enajenar, disponer, destruir, ocultar o trasladar bienes gananciales de la sociedad conyugal o los comunes de la pareja conviviente; Prohibir al presunto agresor la compra y tenencia de armas y ordenar el secuestro de las que estuvieran en su posesión. Estas u otras medidas las puede ordenar el Juzgado de Familia o Juzgado de Paz y algunas son de carácter temporarias por lo que pueden estar vigentes sólo por algunas semanas o meses, luego de lo cual podrías pedir la renovación. Para solucionar otras problemáticas familiares debes iniciar otro expediente - acciones de fondo- como por ejemplo divorcio, alimentos de tus hijos, visitas, entre otras.

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Teléfono: +54 2920 61-5347

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