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Garoni & Apecechea 03.06.2021

¿Tiene legalmente derecho a solicitar un régimen de comunicación o cuidado personal del hijo aquel progenitor que aún no lo reconoció? Muchas veces ocurre que el proyecto familiar no funciono o que este nunca existió, y el progenitor se niega a reconocer a sus hijos, por lo que puede suceder que este pida un examen de ADN previo a reconocerlo, ya sea por vía judicial o extrajudicial, o en el caso de que no lo pida, el otro progenitor puede iniciar un juicio de Filiación. Dura...nte el juicio de filiación ocurren interrogantes, como por ejemplo cual debería ser el régimen de comunicación entre el progenitor y el menor. En este caso al no estar resuelta todavía la filiación legalmente, el progenitor no tiene obligaciones ni derechos sobre sus hijos, por lo que para poder reclamarlos es necesario que la filiación esté inscripta en el Registro Civil. Una vez hecha esta inscripción queda legitimado para poder accionar y establecer el régimen de comunicación, la responsabilidad parental y cuidado personal.

Garoni & Apecechea 22.05.2021

El progenitor afín, es un vínculo creado en base a la solidaridad familiar, que hace al acompañamiento de dicho progenitor con el hijo de la pareja de esta, surgida de un vínculo matrimonial o de una uniónconvivencial. ¿Tiene deberes para con ellos? Sí, debe que cumplir con estos deberes: -Ayudar en su crianza y educación.... -Colaborar en su formación en las cuestiones diarias en la casa. -Tomar decisiones frente a una urgencia, por ejemplo, si sucede un accidente. Pero la colaboración no afecta los derechos de los padres. ¿Está obligado a darles alimentos? Sí, la obligación alimentaria del cónyuge o conviviente respecto de los hijos del otro, tiene carácter subsidiario. Cesa este deber en los casos de disolución del vínculo conyugal o ruptura de la convivencia. Sin embargo, si el cambio de situación puede ocasionar un grave daño al niño o adolescente y el cónyuge o conviviente asumió durante la vida en común el sustento del hijo del otro, puede fijarse una cuota asistencial a su cargo con carácter transitorio, cuya duración debe definir el juez de acuerdo a las condiciones de fortuna del obligado, las necesidades del alimentado y el tiempo de la convivencia. ¿Puede seguir viendo a los hijos de su ex pareja si se separan? Sí, si se tienen una buena relación con los hijos de su ex pareja, puede comunicarse con ellos después de separarse, si se justifica el interés afectivo que los une. ¿Pueden delegarle la responsabilidad que tienen los padres sobre sus hijos? Si, el progenitor a cargo del hijo puede delegar a su cónyuge o conviviente el ejercicio de la responsabilidad parental cuando no estuviera en condiciones de cumplir la función en forma plena por razones de viaje, enfermedad o incapacidad transitoria, y siempre que exista imposibilidad para su desempeño por parte del otro progenitor, o no fuera conveniente que este último asuma su ejercicio. Esta delegación requiere la homologación judicial, excepto que el otro progenitor exprese su acuerdo de modo fehaciente.

Garoni & Apecechea 07.05.2021

El progenitor que convive con el hijo tiene el deber de promover por todos los medios a su alcance el contacto del niño con el otro progenitor, prestando la mayor colaboración posible para conservar la relación paterno-materna filial. Quien obstruye el vínculo, no daña solo al progenitor no conviviente, sino principalmente al hijo, no solo por violentar el derecho que tiene todo niño a ser educado y formado por ambos progenitores, sino también porque se causan lesiones psíqui...cas difíciles de superar. La Ley 24.270 configuro como delito el caso del padre o tercero que impidiere u obstruyere el contacto de menores de edad con sus padres no convivientes. Qué conductas obstaculizan la comunicación? Las obstruccionistas pueden ir desde manifestar que el niño no quiere ver al otro progenitor, no permitirle el acceso a los medio tecnológicos a fin de evitar que el niño entable comunicación con el progenitor no conviviente. Que el progenitor conviviente, en forma abierta o encubierta se dirija hacia el otro progenitor en forma despectiva, o actúe por acción u omisión descalificandolo. Pueden ser también las conductas de entorpecer el desarrollo de audiencias, o la realización de falsas denuncias sobre abusos. Qué hacer cuando esto sucede? Es necesario realizar, la denuncia de impedimento de contacto conforme lo establecido por la ley 24.270. La denuncia puede realizarse ante la Comisaría o Fiscalía correspondiente a la jurisdicción donde ocurre el impedimento de contacto. En caso de existir un convenio comunicacional homologado judicialmente, se debe denunciar el incumplimiento, aportando la denuncia y toda la prueba que se tenga en poder que permita probar el incumplimiento. Si no existe convenio, iniciar la demanda judicial para solicitar uno, en la petición deberán mencionarse todas las circunstancias de impedimentos de contacto, acompañarse las denuncias, para que el juez esté en conocimiento y todas estas circunstancias sean valoradas y se puedan prever medidas y/o sanciones para el caso de incumplimiento. En caso de que exista un Convenio pero no esté homologado judicialmente, solicitar la inmediata homologación, haciendo saber su impedimento.

Garoni & Apecechea 29.04.2021

El progenitor afín, es un vínculo creado en base a la solidaridad familiar, que hace al acompañamiento de dicho progenitor con el hijo de la pareja de esta, surgida de un vínculo matrimonial o de una uniónconvivencial. ¿Tiene deberes para con ellos? Sí, debe que cumplir con estos deberes: -Ayudar en su crianza y educación.... -Colaborar en su formación en las cuestiones diarias en la casa. -Tomar decisiones frente a una urgencia, por ejemplo, si sucede un accidente. Pero la colaboración no afecta los derechos de los padres. ¿Está obligado a darles alimentos? Sí, la obligación alimentaria del cónyuge o conviviente respecto de los hijos del otro, tiene carácter subsidiario. Cesa este deber en los casos de disolución del vínculo conyugal o ruptura de la convivencia. Sin embargo, si el cambio de situación puede ocasionar un grave daño al niño o adolescente y el cónyuge o conviviente asumió durante la vida en común el sustento del hijo del otro, puede fijarse una cuota asistencial a su cargo con carácter transitorio, cuya duración debe definir el juez de acuerdo a las condiciones de fortuna del obligado, las necesidades del alimentado y el tiempo de la convivencia. ¿Puede seguir viendo a los hijos de su ex pareja si se separan? Sí, si se tienen una buena relación con los hijos de su ex pareja, puede comunicarse con ellos después de separarse, si se justifica el interés afectivo que los une. ¿Pueden delegarle la responsabilidad que tienen los padres sobre sus hijos? Si, el progenitor a cargo del hijo puede delegar a su cónyuge o conviviente el ejercicio de la responsabilidad parental cuando no estuviera en condiciones de cumplir la función en forma plena por razones de viaje, enfermedad o incapacidad transitoria, y siempre que exista imposibilidad para su desempeño por parte del otro progenitor, o no fuera conveniente que este último asuma su ejercicio. Esta delegación requiere la homologación judicial, excepto que el otro progenitor exprese su acuerdo de modo fehaciente.

Garoni & Apecechea 27.04.2021

El progenitor afín, es un vínculo creado en base a la solidaridad familiar, que hace al acompañamiento de dicho progenitor con el hijo de la pareja de esta, surgida de un vínculo matrimonial o de una uniónconvivencial. ¿Tiene deberes para con ellos? Sí, debe que cumplir con estos deberes: -Ayudar en su crianza y educación.... -Colaborar en su formación en las cuestiones diarias en la casa. -Tomar decisiones frente a una urgencia, por ejemplo, si sucede un accidente. Pero la colaboración no afecta los derechos de los padres. ¿Está obligado a darles alimentos? Sí, la obligación alimentaria del cónyuge o conviviente respecto de los hijos del otro, tiene carácter subsidiario. Cesa este deber en los casos de disolución del vínculo conyugal o ruptura de la convivencia. Sin embargo, si el cambio de situación puede ocasionar un grave daño al niño o adolescente y el cónyuge o conviviente asumió durante la vida en común el sustento del hijo del otro, puede fijarse una cuota asistencial a su cargo con carácter transitorio, cuya duración debe definir el juez de acuerdo a las condiciones de fortuna del obligado, las necesidades del alimentado y el tiempo de la convivencia. ¿Puede seguir viendo a los hijos de su ex pareja si se separan? Sí, si se tienen una buena relación con los hijos de su ex pareja, puede comunicarse con ellos después de separarse, si se justifica el interés afectivo que los une. ¿Pueden delegarle la responsabilidad que tienen los padres sobre sus hijos? Si, el progenitor a cargo del hijo puede delegar a su cónyuge o conviviente el ejercicio de la responsabilidad parental cuando no estuviera en condiciones de cumplir la función en forma plena por razones de viaje, enfermedad o incapacidad transitoria, y siempre que exista imposibilidad para su desempeño por parte del otro progenitor, o no fuera conveniente que este último asuma su ejercicio. Esta delegación requiere la homologación judicial, excepto que el otro progenitor exprese su acuerdo de modo fehaciente.

Garoni & Apecechea 19.04.2021

Cuando los progenitores se separan y tienen hijos en común y cada uno vuelve a rehacer su vida, forman pareja y tienen otros hijos, ¿Qué pasa con el vínculo entre hermanos unilaterales? Con la reforma al Código Civil y Comercial, los antes llamados medios hermanos, hoy se denominan hermanos unilaterales, es decir aquellos que proceden de distinto padre o madre. Estos hermanos tienen los mismos derechos que los hermanos de mismo padre y madre, como a verse, compartir momentos,... criarse juntos y compartir con sus progenitores. Muchas veces con la llegada de un nuevo integrante, comienzan a producirse los interrogantes e inquietudes, de por ejemplo que pasara con la prestación alimentaria, si le seguirá dando atención al hijo que tienen en común, como lo va a tomar el niño, entre otras. Pero hay que enfocarse en los niños y colaborar para que estos crezcan unidos y felices, dado que impedir el vínculo será perjudicial para ellos y solo producirá dolor.

Garoni & Apecechea 15.04.2021

El progenitor que convive con el hijo tiene el deber de promover por todos los medios a su alcance el contacto del niño con el otro progenitor, prestando la mayor colaboración posible para conservar la relación paterno-materna filial. Quien obstruye el vínculo, no daña solo al progenitor no conviviente, sino principalmente al hijo, no solo por violentar el derecho que tiene todo niño a ser educado y formado por ambos progenitores, sino también porque se causan lesiones psíqui...cas difíciles de superar. La Ley 24.270 configuro como delito el caso del padre o tercero que impidiere u obstruyere el contacto de menores de edad con sus padres no convivientes. Qué conductas obstaculizan la comunicación? Las obstruccionistas pueden ir desde manifestar que el niño no quiere ver al otro progenitor, no permitirle el acceso a los medio tecnológicos a fin de evitar que el niño entable comunicación con el progenitor no conviviente. Que el progenitor conviviente, en forma abierta o encubierta se dirija hacia el otro progenitor en forma despectiva, o actúe por acción u omisión descalificandolo. Pueden ser también las conductas de entorpecer el desarrollo de audiencias, o la realización de falsas denuncias sobre abusos. Qué hacer cuando esto sucede? Es necesario realizar, la denuncia de impedimento de contacto conforme lo establecido por la ley 24.270. La denuncia puede realizarse ante la Comisaría o Fiscalía correspondiente a la jurisdicción donde ocurre el impedimento de contacto. En caso de existir un convenio comunicacional homologado judicialmente, se debe denunciar el incumplimiento, aportando la denuncia y toda la prueba que se tenga en poder que permita probar el incumplimiento. Si no existe convenio, iniciar la demanda judicial para solicitar uno, en la petición deberán mencionarse todas las circunstancias de impedimentos de contacto, acompañarse las denuncias, para que el juez esté en conocimiento y todas estas circunstancias sean valoradas y se puedan prever medidas y/o sanciones para el caso de incumplimiento. En caso de que exista un Convenio pero no esté homologado judicialmente, solicitar la inmediata homologación, haciendo saber su impedimento.

Garoni & Apecechea 11.04.2021

El progenitor que convive con el hijo tiene el deber de promover por todos los medios a su alcance el contacto del niño con el otro progenitor, prestando la mayor colaboración posible para conservar la relación paterno-materna filial. Quien obstruye el vínculo, no daña solo al progenitor no conviviente, sino principalmente al hijo, no solo por violentar el derecho que tiene todo niño a ser educado y formado por ambos progenitores, sino también porque se causan lesiones psíqui...cas difíciles de superar. La Ley 24.270 configuro como delito el caso del padre o tercero que impidiere u obstruyere el contacto de menores de edad con sus padres no convivientes. Qué conductas obstaculizan la comunicación? Las obstruccionistas pueden ir desde manifestar que el niño no quiere ver al otro progenitor, no permitirle el acceso a los medio tecnológicos a fin de evitar que el niño entable comunicación con el progenitor no conviviente. Que el progenitor conviviente, en forma abierta o encubierta se dirija hacia el otro progenitor en forma despectiva, o actúe por acción u omisión descalificandolo. Pueden ser también las conductas de entorpecer el desarrollo de audiencias, o la realización de falsas denuncias sobre abusos. Qué hacer cuando esto sucede? Es necesario realizar, la denuncia de impedimento de contacto conforme lo establecido por la ley 24.270. La denuncia puede realizarse ante la Comisaría o Fiscalía correspondiente a la jurisdicción donde ocurre el impedimento de contacto. En caso de existir un convenio comunicacional homologado judicialmente, se debe denunciar el incumplimiento, aportando la denuncia y toda la prueba que se tenga en poder que permita probar el incumplimiento. Si no existe convenio, iniciar la demanda judicial para solicitar uno, en la petición deberán mencionarse todas las circunstancias de impedimentos de contacto, acompañarse las denuncias, para que el juez esté en conocimiento y todas estas circunstancias sean valoradas y se puedan prever medidas y/o sanciones para el caso de incumplimiento. En caso de que exista un Convenio pero no esté homologado judicialmente, solicitar la inmediata homologación, haciendo saber su impedimento.

Garoni & Apecechea 26.03.2021

Por fallo judicial ordenan a un hombre a respetar la dignidad de su ex esposa

Garoni & Apecechea 23.03.2021

Cuando los progenitores se separan y tienen hijos en común y cada uno vuelve a rehacer su vida, forman pareja y tienen otros hijos, ¿Qué pasa con el vínculo entre hermanos unilaterales? Con la reforma al Código Civil y Comercial, los antes llamados medios hermanos, hoy se denominan hermanos unilaterales, es decir aquellos que proceden de distinto padre o madre. Estos hermanos tienen los mismos derechos que los hermanos de mismo padre y madre, como a verse, compartir momentos,... criarse juntos y compartir con sus progenitores. Muchas veces con la llegada de un nuevo integrante, comienzan a producirse los interrogantes e inquietudes, de por ejemplo que pasara con la prestación alimentaria, si le seguirá dando atención al hijo que tienen en común, como lo va a tomar el niño, entre otras. Pero hay que enfocarse en los niños y colaborar para que estos crezcan unidos y felices, dado que impedir el vínculo será perjudicial para ellos y solo producirá dolor.

Garoni & Apecechea 16.03.2021

Cuando los progenitores se separan y tienen hijos en común y cada uno vuelve a rehacer su vida, forman pareja y tienen otros hijos, ¿Qué pasa con el vínculo entre hermanos unilaterales? Con la reforma al Código Civil y Comercial, los antes llamados medios hermanos, hoy se denominan hermanos unilaterales, es decir aquellos que proceden de distinto padre o madre. Estos hermanos tienen los mismos derechos que los hermanos de mismo padre y madre, como a verse, compartir momentos,... criarse juntos y compartir con sus progenitores. Muchas veces con la llegada de un nuevo integrante, comienzan a producirse los interrogantes e inquietudes, de por ejemplo que pasara con la prestación alimentaria, si le seguirá dando atención al hijo que tienen en común, como lo va a tomar el niño, entre otras. Pero hay que enfocarse en los niños y colaborar para que estos crezcan unidos y felices, dado que impedir el vínculo será perjudicial para ellos y solo producirá dolor.

Garoni & Apecechea 10.03.2021

Cuando se fija el régimen de comunicación, se le puede solicitar al juez, entre otras medidas, que el régimen de comunicación entre padres e hijos sea supervisado, para más tranquilidad del otro progenitor y en protección de los menores, debido a que en algunos casos puede haber adicciones, violencia, negligencia, entre otras situaciones, y esto puede poner en riesgo la integridad física y psíquica de los menores. De esta forma el contacto se puede llevar a cabo en presencia de un trabajador social o de un profesional de la salud mental, donde estos asisten a los encuentros entre progenitor e hijos, a los efectos de poder ver como evoluciona el mismo.

Garoni & Apecechea 06.03.2021

Cuando se fija el régimen de comunicación, se le puede solicitar al juez, entre otras medidas, que el régimen de comunicación entre padres e hijos sea supervisado, para más tranquilidad del otro progenitor y en protección de los menores, debido a que en algunos casos puede haber adicciones, violencia, negligencia, entre otras situaciones, y esto puede poner en riesgo la integridad física y psíquica de los menores. De esta forma el contacto se puede llevar a cabo en presencia de un trabajador social o de un profesional de la salud mental, donde estos asisten a los encuentros entre progenitor e hijos, a los efectos de poder ver como evoluciona el mismo.

Información

Localidad: Río Cuarto, Córdoba

Teléfono: +54 3583 40-4065

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