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Laura Estela Vallarino.Abogada. 08.05.2021

Sabes cómo actuar ante un conflicto laboral?Es importante que estés bien asesorado,no dudes en contactarnos al 1561401789

Laura Estela Vallarino.Abogada. 22.04.2021

Declararon la inconstitucionalidad de la nueva Ley de Riesgos del Trabajo El juez subrogante del Juzgado Nacional del Trabajo N 41, Alejandro Aníbal Segura, se...ñaló que el artículo 1 de la ley 27.348 que exige, con carácter obligatorio y excluyente, a los trabajadores que sufran un accidente de trabajo iniciar un procedimiento administrativo ante las Comisiones Médicas Jurisdiccionales, antes de promover una demanda ante el Poder Judicial, resulta contrario a la Constitución y los Tratados Internacionales de igual jerarquía. El magistrado fundó que esa limitación impide una acción judicial expedita para los trabajadores y ello la torna inconstitucional. Este mismo juez ya había invalidado el DNU y adelantado que la ley contenía las mismas objeciones. Otro magistrado a cargo del juzgado N 56 de ese fuero, José Alejandro Sudera, rechazó un amparo del presidente del Coelgio de Abogados de la Capital Federal, Jorge Rizzo, por considerar que no se configuraba, en ese supuesto, un caso que habilitara la intervención judicial. Fallo JNT 41: https://goo.gl/vZAEAo Fallo JNT 56: https://goo.gl/vJ2Rij

Laura Estela Vallarino.Abogada. 23.03.2021

DECLARACION DEL COLPROBA ANTE EL DNU DEL GOBIERNO QUE MODIFICA LA LEY DE ART. -Debe debatirse en profundidad una reforma integral del régimen de reparaciones de... infortunios de trabajo, pero siempre pensando en que el mismo garantice prioritariamente la integridad psicofísica del trabajador, y sin preconceptos estériles como lo es el de adjudicar equivocadamente las falencias del sistema a la excesiva litigiosidad, cuando en realidad el eje hay que ponerlo en la prevención. -Reafirmar el rol de las Comisiones Médicas Jurisdiccionales y establecer un procedimiento obligatorio y excluyente ante ellas como paso previo e imprescindible a iniciar una demanda judicial resulta notoriamente inconstitucional, como ya se ha detallado en nuestro Dictamen del 7 de diciembre de 2016. -El ámbito natural para este trascendente debate de ideas es el Congreso de la Nación, y su función legislativa no debe ser reemplazada por un DNU del Poder Ejecutivo. -Las ART cometen sistemáticos abusos que deben ser reparados por la justicia: incumplen con sus obligaciones de prevención de los riesgos del trabajo, rechazan masivamente los siniestros denunciados, ahorran en prestaciones de salud y liquidan insuficientemente las indemnizaciones. -El supuesto alto índice de litigiosidad va a disminuir naturalmente cuando las ART cumplan su función: proteger a los trabajadores.

Laura Estela Vallarino.Abogada. 11.03.2021

Sabias cuando se considera accidente de trabajo?:todo hecho súbito y violento que ocurra en ocasión del trabajo,como asi también los ocurridos entre el.domicilio del trabajador y el lugar de trabajo.Por otro lado las enfermedades profesionales comprenden aquellas que se producen como.consecuencia de la realización de las tareas laborales.La ART es la encargada de brindar todas las prestaciones médicas y dinerarias previstas por la ley ,inmediatamente después de ser notificado el.accidente de trabajo o enfermedad profesional.

Laura Estela Vallarino.Abogada. 09.03.2021

El gobierno nacional modificó a través de un decreto el sistema de las ART. Se dispuso "la actuación de las comisiones médicas jurisdiccionales" como "la insta...ncia administrativa previa, de carácter obligatorio y excluyente" que determinará si un trabajador puede o no iniciar una acción judicial para conseguir una indemnización por enfermedad o incapacidad. See more

Laura Estela Vallarino.Abogada. 17.02.2021

Algo muy importante que debes tener en cuenta ante un conflicto laboral,el cual sabes que va a desencadenar un despido.Si no estás correctamente registrado,no debes firmar ningún tipo de escrito para poder iniciar el correspondiente reclamó.Es importante!!!La ley te protege ante estas injusticias laborales.

Información

Teléfono: +54 11 6140-1789

Ubicación: Rincon 1186 1227 Buenos Aires, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina

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