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María América Gonzalez 11.10.2020

Día Internacional de las Personas de Edad El 1 de octubre se conmemoró en el mundo el "Día Internacional de las Personas de Edad". Es el 30 aniversario dado que, el 14 de diciembre de 1990, la Asamblea General de las Naciones Unidas, a través de la resolución 45/106. Desde la Defensoría promovemos la importancia de ver y entender a los adultos mayores como personas transmisoras de experiencias y sabiduría, considerando fundamental garantizar a las personas de edad ser vistos... como miembros activos de sus sociedades. La población de América Latina envejece significativamente debido a la disminución de la tasa de natalidad y el aumento de la expectativa de vida. Esta tendencia hace necesario que los Estados generen políticas públicas que atiendan sus necesidades y retribuyan el esfuerzo realizado luego de una vida laboral con aportes conforme la normativa vigente, ya que las mismas fueron sancionadas con el espíritu de una vejez digna y no una decisión conforme la economía de turno. Cada trabajador con sus aportes laborales celebra con el Estado un contrato social a varias décadas y este debe cumplir con la palabra empeñada y el esfuerzo realizado. En razón de ello, resulta imprescindible arbitrar políticas públicas que reconozcan a sus mayores con un enfoque de integración e inclusión y que impacte positivamente en la calidad de vida, promoviendo y protegiendo los derechos de este grupo etario de la sociedad. El Programa de Derechos Humanos Laborales celebra junto a las personas de edad en su día y en cada día, estando presente y acompañando, junto con todo el equipo de la Defensoría, a sus requerimientos y luchando de su mano para proteger sus derechos. Dra. Carolina Rego Coordinadora Operativa de Trabajo y Previsión Dra. María América González Titular del Programa de Derechos Humanos Laborales Defensoría del Pueblo de CABA Horario de atención: Lunes a Viernes de 10 a 18 hs. Correo: [email protected] Facebook: @magonzalezdef Twitter: @magonzalezdef

María América Gonzalez 28.09.2020

Instrumentación de la sexta etapa del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP), para auxiliar a las empresas con el pago de los salarios de septiembre. Decisión Administrativa: 1760/2020 publicada hoy en el Boletín Oficial, que adoptó las recomendaciones del Acta 21 del Comité de Evaluación y Monitoreo del ATP y se estableció que: 1) El salario neto: resulta equivalente al 83% de la remuneración bruta devengada en agosto de 2020, exteriorizada en ...la declaración jurada de aportes y contribuciones con destino a la seguridad social correspondientes al período. 2) El Salario Complementario que se asigna como beneficio debe resultar equivalente al 50% del salario neto. El resultado así obtenido no puede ser inferior a la suma equivalente a 1,25 salario mínimo vital y móvil ($ 21.093,75) ni superior a la suma equivalente a dos SMVM ($ 33.750), precisa la norma. 3) La suma del Salario Complementario no podrá arrojar como resultado que el trabajador obtenga un beneficio superior a su salario neto correspondiente a agosto de 2020. 4) Para la variación nominal de facturación interanual negativa, se toman como referencia los meses de agosto de 2020 y de 2019. 5) Si las empresas iniciaron sus actividades entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 2019, la comparación de la facturación nominal de agosto de 2020 debe hacerse con la de diciembre de 2019. Para las empresas que iniciaron su actividad a partir del 1 de diciembre de 2019 no se considerará la variación de facturación para la obtención del beneficio del Salario Complementario. Para el cómputo de la plantilla de personal deberán restarse las extinciones de las relaciones laborales ocurridas hasta hoy, 28 de septiembre de 2020, inclusive. 15 nuevos sectores como críticos y los incluye en el ATP Entre las quince actividades incorporadas ahora al alcance del programa ATP se cuentan los servicios para la aeronavegación; de hangares y estacionamiento de aeronaves; y complementarios para el transporte aéreo. También, los alquileres de automóviles sin conductor; de vehículos automotores y de equipo de transporte, sin conductores ni operarios; y de equipos de transporte para vías acuática y aérea, sin operarios ni tripulación. Por otro lado, se cuentan entre las actividades que pasarán a estar comprendidas en el ATP la elaboración de vinos; la fabricación de accesorios de vestir de cuero; la confección de prendas de vestir de cuero; la terminación y teñido de pieles y fabricación de artículos de piel; las ventas al por menor de prendas de cuero; artículos de talabartería y artículos regionales; y de marroquinería y paraguas. Dra. Lucía Roll Asesora Dra. María América González Titular del Programa de Derechos Humanos Laborales Defensoría del Pueblo de CABA Horario de atención: Lunes a Viernes de 10 a 18 hs. Correo: [email protected] Facebook: @magonzalezdef Twitter: @magonzalezdef

María América Gonzalez 12.09.2020

PROHIBICIÓN DE DESPIDOS Y SUSPENSIONES La prohibición de despidos, dispuesta en el Decreto de Necesidad y Urgencia 761/2020, se extendió por tercera vez, como así también prorrogó la prohibición de efectuar suspensiones por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo por el plazo de sesenta días ( fin de noviembre), contados a partir del vencimiento del plazo establecido por el Decreto N 624/20 ( 30 de septiembre) Así es que, los despidos y suspensiones que... se dispongan en violación de lo dispuesto no van a producir efecto alguno, manteniéndose vigentes las relaciones laborales existentes y sus condiciones actuales. Excepcionalmente, quedan fuera de la prohibición las suspensiones efectuadas en los términos del artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo, que son las acordadas por las empresas y los gremios sin la interrupción del goce de haberes. A tener en cuenta, que este decreto no se aplica: 1) A las contrataciones celebradas con posterioridad a su entrada en vigencia. 2) Al ámbito del Sector Público Nacional. Dra. Lucía Roll Asesora Dra. María América González Titular del Programa de Derechos Humanos Laborales Defensoría del Pueblo de CABA Horario de atención: Lunes a Viernes de 10 a 18 hs. Correo: [email protected] Facebook: @magonzalezdef Twitter: @magonzalezdef

María América Gonzalez 06.09.2020

¿CÓMO OBTENER UNA CERTIFICACIÓN NEGATIVA DE LA ANSES? Desde la página de la Anses y únicamente sabiendo tu CUIL podes solicitar una certificación negativa. La certificación negativa es un comprobante que tiene una validez de 30 días y deja constancia de que no registrás: ... Aportes como trabajador bajo relación de dependencia Declaraciones Juradas de provincias no adheridas al SIPA Transferencias como Autónomo, Monotributista o Trabajador de Casas Particulares Pago de Asignación por Maternidad para Trabajador de Casas Particulares Pago de la Prestación por Desempleo Pago de planes sociales Asignación Universal por Hijo y por Embarazo PROGRESAR Obra social Pago de prestaciones previsionales Para solicitar una certificación negativa debes ingresar a http://servicioswww.anses.gob.ar/censite/ donde verás una pantalla como la foto que se adjunta. Luego de completar los datos solicitados y presionar en continuar se te otorgará la certificación negativa, o el motivo del rechazo en caso de que sí registres alguno de los ítems enunciados anteriormente. COMPRA DE DÓLARES La certificación negativa de la Anses permite comprobar quienes están inhabilitados para comprar dólares, dado que uno de los requisitos es no percibir ningún plan social, y esto puede chequearse mediante la certificación negativa. Si al solicitar la certificación negativa la respuesta de la Anses es "no es posible emitir la certificación negativa" significa que la persona puede llegar a estar habilitada para comprar dólares, si es que cumple el resto de los requisitos. Si por el contrario la Anses emite la certificación negativa, significa que la persona está inhabilitada para comprar dólares. Dra. Cielo Bussetti Wowe Asesora Dra. María América González Titular del Programa de Derechos Humanos Laborales Defensoría del Pueblo de CABA Horario de atención: Lunes a Viernes de 10 a 18 hs. Correo: [email protected] Facebook: @magonzalezdef Twitter: @magonzalezdef

María América Gonzalez 19.08.2020

Día del jubilado El 20 de septiembre se conmemoró el "Día del jubilado" en homenaje a todas las personas retiradas de su trabajo ya sea por edad o por discapacidad laboral. La fecha surgió un 20 de septiembre de 1904, cuando se sancionó la Ley 4.349 que establecía un beneficio previsional para empleados públicos del Estado nacional. Así, el presidente Julio Argentino Roca, dispuso la creación de la Caja Nacional de Jubilaciones y Pensiones, el primer instrumento que otorgó un... ingreso para la clase pasiva. Desde la Defensoría promovemos la importancia de ver y entender a los adultos mayores como personas transmisoras de experiencias y sabiduría, considerando fundamental garantizar a las personas de edad ser vistos como miembros activos de sus sociedades. La población de América Latina envejece significativamente debido a la disminución de la tasa de natalidad y el aumento de la expectativa de vida. Esta tendencia hace necesario que los Estados generen políticas públicas que atiendan sus necesidades y retribuyan el esfuerzo realizado luego de una vida laboral con aportes conforme la normativa vigente, ya que las mismas fueron sancionadas con el espíritu de una vejez digna y no una decisión conforme la economía de turno. Cada trabajador con sus aportes laborales celebra con el Estado un contrato social a varias décadas y este debe cumplir con la palabra empeñada y el esfuerzo realizado. En razón de ello, resulta imprescindible arbitrar políticas públicas que reconozcan a sus mayores con un enfoque de integración e inclusión y que impacte positivamente en la calidad de vida, promoviendo y protegiendo los derechos de este grupo etario de la sociedad. El Programa de Derechos Humanos Laborales celebra junto los Trabajadores Jubilados en su día y en cada día, estando presente y acompañando, junto con todo el equipo de la Defensoría, a sus requerimientos y luchando de su mano para proteger sus derechos. Feliz Día Con la Fuerza de los que no se Resignan". See more

Información

Teléfono: (11)5295-6901/03/04

Web: http://www.defensoria.org.ar

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