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MM Soluciones Legales 10.07.2021

Un nuevo engaño virtual comenzó a viralizarse a través del servicio de mensajería de Whatsapp, en el que se ofrece un sorteo de una cadena de supermercados a través de una ruleta y luego pide que se difunda a los contactos. Se trata de un enlace que simula ser de una cadena de supermercados ofreciendo un juego de ruleta. Luego, pide que compartas a tus contactos y posteriormente te solicita más información. Rápidamente, el enlace comenzó a llegar a los grupos y chats priv...ados de los marplatenses. Algunos sembraron sus dudas, pero otros ingresaron en busca del premio. Una vez ganado el premio que se ofrece por el 70 aniversario de la empresa, el siguiente paso es difundirlo con los demás, para que te llegue un contacto de Whatsapp para comunicarte a través del cual te solicitarán la información personal. Desde la empresa en cuestión no difundieron ningún sorteo a través de sus redes sociales y el enlace no corresponde al sitio web oficial. El perito informático Santiago Trigo, señaló efectivamente, tiene toda la pinta de ser un sitio falso para robar datos y "una vez que ganaste el premio, te dicen que compartas y te mandan un contacto de WhatsApp para comunicarte"

MM Soluciones Legales 01.07.2021

Un ex agente de la policía que terminó con un cuadro de adicción luego de infiltrarse en el ambiente de la compra y venta de estupefacientes le gabó un juicio al Estado jujeño. Segun el fallo, había que "extremar las medidas de seguridad en procura de mantener indemne al trabajador" La Dirección de Toxicomanía y Drogas Peligrosas de Jujuy (actual Dirección del Narcotráfico) ordenó en el año 2009 a un agente recién egresado de la escuela de policía a infiltrarse en el ambiente... de la venta de estupefacientes y a convivir con vendedores y consumidores de éstas imponían. El agente debió comprar sustancias sin importar los medios para tal fin, por lo que debía juntarse con malvivientes y aparentar que también era adicto y para ello se vio obligado a consumir para que no se descubriera que era policía. Tal circunstancia derivó en un cuadro de adicción para el agente, que demandó al estado provincial de Jujuy por considerar que el empleador omitió fueron los controles médicos periódicos que hubieran advertido que estaba comenzando a volverse Los sentenciantes de primera instancia rechazaron la demanda considerando que no se probó que al actor para el debido cumplimiento de las tareas encomendadas le fuera ordenado el consumo de sustancias tóxicas; y que tampoco los testigos lo convencieron porque pudieron haberlo visto comprando drogas y fumando marihuana pero no que ello debía hacerlo porque obedeciera órdenes. Tal decisión fue motivo de apelación por el accionante. Elevado el recurso a la Sala Laboral del Superior Tribunal de Justicia de Jujuy, los jueces María Silvia Bernal; Federico Francisco Otaola y Clara Aurora De Langhe de Falcone revocaron la sentencia de grado. Los magistrados señalaron que la empleadora estaba obligada a garantizar el deber de seguridad, que comprende el conjunto de medidas a fin de evitar que el trabajador sufra daños en su persona o en sus bienes o se afecte su dignidad. En cumplimiento de este deber es que deben adoptarse todas las medidas, que según el tipo de trabajo o función, la experiencia, el riesgo, etc., sean necesarias para tutelar la indemnidad e integridad psicofísica de sus dependientes. Cuando esta obligación es infringida, la responsabilidad del empleador deriva del solo incumplimiento de las medidas de seguridad propias de la tarea que se realiza. El riesgo que implica mandar a un agente novato a inmiscuirse en el ambiente de la venta de estupefacientes y a convivir con vendedores y consumidores de éstas imponían a la demandada extremar las medidas de seguridad en procura de mantener indemne al trabajador, y no se advierte que en el caso esas medidas hayan sido brindadas ni en lo más mínimo, ya que no observo que se le realizaran -cuanto menos análisis clínicos para detectar el consumo de drogas, y tampoco que se haya evaluado su condición psicofísica en alguna oportunidad concluye la sentencia. Fuente: Diario Judicial

MM Soluciones Legales 17.06.2021

La Ciudad de Buenos Aires aprobó la Ley de Parto Respetado y Atención Perinatal que garantiza los derechos de las personas gestantes y nacientes y de sus familias en todos los establecimientos de salud de la ciudad. Entre los principales puntos de la norma se destacan respetar las pautas culturales de las personas gestantes, su derecho a la intimidad durante todo el proceso y a recibir toda la información necesaria para poder tomar decisiones autónomas.... Además, establece el trato digno durante el parto, que se expresa en una atención adecuada y en tiempo y forma, sin intervenciones y/o medicalización innecesarias, a no ser por pedido expreso de la persona gestante. La ley reconoce los derechos de las personas gestantes, de las personas recién nacidas, tanto en situaciones normales como de riesgo, siendo los más importantes: Derechos de las personas recién nacidas A un trato respetuoso y digno. A la integridad física.A la identidad.A la internación conjunta con la persona gestante. A recibir cuidados sanitarios, afectivos y sociales necesarios para el desarrollo físico, mental y cognitivo óptimo. A una adecuada nutrición, fundamentalmente mediante la lactancia materna. Derechos de las personas gestantes y de la/s persona/s recién nacida/s en situación de riesgo Al acceso y a la participación, que comprende el derecho a acompañamiento familiar y la primacía de las decisiones de la persona gestante. A prestar consentimiento por escrito para exámenes o intervenciones se quiera someter a la/s persona/s recién nacida/s con fines de investigación. A la información comprensible, suficiente y continuada, en un ambiente adecuado, sobre el proceso o evolución de la salud de su hija/o, incluyendo diagnóstico, pronóstico y tratamiento, así como también asesoramiento e información sobre los cuidados especiales que la/s persona/s recién nacida/s requiera/n. Fuente: Erreius.com

MM Soluciones Legales 27.05.2021

mmsolucioneslegales Plan de los mil días junto con el envío del proyecto de aborto legal, el Poder Ejecutivo remitió al Congreso Nacional un anteproyecto denominado "Plan de los Mil Días", que contempla reforzar la asistencia sanitaria de la persona gestante y de sus hijos o hijas durante los primeros años de vida. La iniciativa está basada en un esquema que rige en la provincia de San Juan desde 2016. Principales puntos... Atención integral de la salud de las mujeres y otras personas gestantes. -Crea una nueva asignación por Cuidado de Salud Integral, que consistirá en el pago de una suma de dinero que se abonará una vez al año por cada niño menor de tres años que se encuentre a su cargo. -Se extiende la Asignación Universal por Embarazo, llamada "para Protección Social", que se abonará a la persona embarazada desde la acreditación de su embarazo, que podrá realizarse a partir de la semana doce de gestación, y se percibirá hasta completar la cantidad de meses que hubiese durado su embarazo. -Se ampliará una asignación por nacimiento de hijo y adopción, que consistirá en el pago de una suma de dinero que se abonará una vez acreditado tal hecho ante la Anses. La autoridad de aplicación deberá diseñar un modelo de atención y cuidado integral de la salud específico y adecuado para la etapa del embarazo y hasta los tres años, desde la perspectiva del derecho a la salud integral de las mujeres, otras personas gestantes, niños y teniendo en cuenta las particularidades territoriales de todo el país. -El Estado deberá implementar la provisión pública y gratuita de insumos fundamentales para las mujeres y otras personas gestantes durante el embarazo y para los niños hasta los tres años. - Proposición de políticas prioritarias de género para prevenir y detectar de manera temprana situaciones de violencia de género y violencia sexual o abusos en personas embarazadas, niños, niñas y adolescentes -Creación del Sistema de Alerta Temprana de Nacimientos y el Certificado de Hechos Vitales: tiene como objeto de garantizar el derecho a la identidad de los niños/as recién nacidos. Fuente: Página 12 Si te sirvió este posteo. Dale like y compartilo

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