Estudio Jurídico "Reyna Castro"
San Miguel de Tucumán
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No dudes en consultar. Estamos para ayudarte.
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Un año más.. GRACIAS! Salud
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Se reformó el art. 75 del CCyC mediante Ley NLey 27551, publicada en el Boletín Oficial el 30/06/2020. Artículo 1- Sustitúyase el artículo 75 del Código Civil y Comercial de la Nación por el siguiente: Artículo75: Domicilio especial. Las partes de un contrato pueden elegir un domicilio para el ejercicio de los derechos y obligaciones que de él emanan. Pueden además constituir un domicilio electrónico en el que se tengan por eficaces todas las notificaciones, comunicaciones y emplazamientos que allí se dirijan. https://www.boletinoficial.gob.ar/detalle//231429/20200630
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Cada día es una nueva oportunidad de entregar lo mejor de nosotros. Mantengamos viva la esperanza. ¡Feliz Navidad!
Impedimento de contacto de hijos con sus padres. LEY 24270 Art. 1. Será reprimido con prisión de un mes a un año el padre o tercero que, ilegalmente, impidiere u obstruyere el contacto de menores de edad con sus padres no convivientes.... Si se tratare de un menor de diez años o de un discapacitado, la pena será de seis meses a tres años de prisión. Art. 2. En las mismas penas incurrirá el padre o tercero que para impedir el contacto del menor con el padre no conviviente, lo mudare de domicilio sin autorización judicial. Si con la misma finalidad lo mudare al extranjero, sin autorización judicial o excediendo los límites de esta autorización, las penas de prisión se elevarán al doble del mínimo y a la mitad del máximo. Art. 3. El tribunal deberá: 1) disponer en un plazo no mayor de diez días, los medios necesarios para restablecer el contacto del menor con sus padres; 2) determinará, de ser procedente, un régimen de visitas provisorio por un término no superior a tres meses o, de existir, hará cumplir el establecido. En todos los casos el tribunal deberá remitir al Juez Penal los antecedentes a la justicia civil.
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Impedimento de contacto de hijos con sus padres. LEY 24270 Art. 1. Será reprimido con prisión de un mes a un año el padre o tercero que, ilegalmente, impidiere u obstruyere el contacto de menores de edad con sus padres no convivientes.... Si se tratare de un menor de diez años o de un discapacitado, la pena será de seis meses a tres años de prisión. Art. 2. En las mismas penas incurrirá el padre o tercero que para impedir el contacto del menor con el padre no conviviente, lo mudare de domicilio sin autorización judicial. Si con la misma finalidad lo mudare al extranjero, sin autorización judicial o excediendo los límites de esta autorización, las penas de prisión se elevarán al doble del mínimo y a la mitad del máximo. Art. 3. El tribunal deberá: 1) disponer en un plazo no mayor de diez días, los medios necesarios para restablecer el contacto del menor con sus padres; 2) determinará, de ser procedente, un régimen de visitas provisorio por un término no superior a tres meses o, de existir, hará cumplir el establecido. En todos los casos el tribunal deberá remitir al Juez Penal los antecedentes a la justicia civil.
Fallo novedoso en cuanto a la naturaleza de la sanción!!!
*DIVORCIO EN LOS TÉRMINOS DEL NUEVO CÓDIGO CIVIL ARGENTINO. * Los únicos requisitos para el Divorcio son: Voluntad expresa de al menos uno de los esposos o los dos....Continue reading
#ElFalloDelDía La Justicia de Entre Ríos confirmó una medida cautelar que fijó una suma mensual en concepto de alimentos provisorios en favor de un hijo en gestación. El fallo recordó: "El derecho alimentario de la persona por nacer se encuentra hoy expresamente reconocido en el Código Civil y Comercial". Consúltanos!
Puede un solo heredero iniciar una sucesión? Cuanto cuesta? Cuanto demora? Existe el impuesto a la herencia? Cesiones, ventas, donaciones dentro de la sucesión. Testamento. Se puede iniciar sucesion en Argentina si fallece en el exterior? Estamos para ayudarte Contactate con nuestro Estudio Jurídico y evacua todas las dudas que tengas respecto de tu herencia. [email protected] / whatsapp 3813320289 / Calle Lamadrid 486 1er piso oficina 16. S...an Miguel de Tucumán. Dra María Marta Reyna Castro. See more
*DIVORCIO EN LOS TÉRMINOS DEL NUEVO CÓDIGO CIVIL ARGENTINO. * Los únicos requisitos para el Divorcio son: Voluntad expresa de al menos uno de los esposos o los dos....Continue reading
Puede un solo heredero iniciar una sucesión? Cuanto cuesta? Cuanto demora? Existe el impuesto a la herencia? Cesiones, ventas, donaciones dentro de la sucesión. Testamento. Se puede iniciar sucesion en Argentina si fallece en el exterior? Estamos para ayudarte Contactate con nuestro Estudio Jurídico y evacua todas las dudas que tengas respecto de tu herencia. [email protected] / whatsapp 3813320289 / Calle Lamadrid 486 1er piso oficina 16. S...an Miguel de Tucumán. Dra María Marta Reyna Castro. See more
Alimentos. No dudes en consultarnos!! ¿Qué son los alimentos? Son el conjunto de todo lo que necesita una persona para vivir, vestirse, recibir atención médica, educarse, etc.. ...Continue reading
LA RESPONSABILIDAD SOLIDARIA POR FRAUDE LABORAL SE EXTIENDE A TODOS LOS INCUMPLIMIENTOS LABORABLES Y NO SOLAMENTE A LOS QUE TENGAN RELACIÓN DIRECTA CON LA DEFECTUOSA REGISTRACIÓN. #NuestroFalloDiario #Laboral #RESPONSABILIDADSOLIDARIA
Alimentos. No dudes en consultarnos!! ¿Qué son los alimentos? Son el conjunto de todo lo que necesita una persona para vivir, vestirse, recibir atención médica, educarse, etc.. ...Continue reading
Información
Localidad: San Miguel de Tucumán
Teléfono: +54 381 332-0289
Ubicación: Lamadrid 486 1er Piso Oficina 18 4000 San Miguel de Tucumán, Tucuman, Argentina
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