Sandra Alanis Sabag- Abogada
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Es cuestión de probarlo. Buen fallo.
Al fin vamos despejando las dudas...1) Rige a partir de HOY. 2) Solo admite traslados a la casa del otro progenitor o de un referente familiar si el niño tiene solo padre o madre, 3)No es necesario modificar el Régimen de Comunicación "si entre las partes hay acuerdo y buena fe", si no lo hay mi criterio es que debe peticionarse al Juez que fije un Régimen Provisorio para la Cuarentena acorde a ésta medida excepcional. 4) Hay que descargar y suscribir la Declaración Jurada que se adjunta en la publicación, si pueden suscribirla ambos progenitores mejor.5) Permite cambiar la residencia de los niños cada 7 días. Es decir, los niños deberían estar 7 dias en cada casa.
Aún no entra en vigencia, pero en las próximas horas seguramente se publicará el Decreto Provincial que habilite y regule las actividades permitidas.
Salidas diarias de 1 hora como máximo y 500mts de distancia del domicilio.
Muy importante las consecuencias a futuro de incumplir la cuarentena. 4 años en los que no podrá ser denunciado, postularse a cargos docentes, públicos, no podrá tramitar la Visa, salir a otro Pais que no sea del Mercosur, tampoco ingresar a la Policía o Fuerzas de Seguridad, no puede postularse como adoptante...entre otras imposibilidades.
Tambien para solicitar préstamos a tasa 0 !!
Para las empresas. Finaliza hoy.
PARA TRAMITAR EL PROGRESAR
Créditos para Monotributistas a tasa 0, montos máximos que se prestan.
Se puede circular aún con el permiso anterior, pero es mejor ir sacando este recomiendan desde el Gobierno Provincial.
Información
Teléfono: +54 264 441-5937
Ubicación: Av. Libertador Gral. San Martín 356 Este Primer Piso Dpto B 5400 San Juan, Argentina
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